Legislación › Ley 2/2020, de 4 de marzo, de apoyo, asistencia y reconocimiento a las víctimas de terrorismo de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Artículo 49. Composición, organización y régimen de funcionamiento.
Artículo 49. Composición, organización y régimen de funcionamiento.
Por decreto del Consejo de Gobierno, se determinará la composición, organización y funcionamiento del Centro Extremeño de Estudios para la Erradicación de la Violencia y Atención a sus Víctimas, en las que existirá representación de la Administración autonómica, las víctimas de terrorismo, de las asociaciones y fundaciones, así como de los profesionales cuya actividad guarde relación directa con el objeto y cometidos de este órgano.


