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Ley 2/2020, de 4 de marzo, de apoyo, asistencia y reconocimiento a las víctimas de terrorismo de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
En vigor Comunidad Autónoma de Extremadura · Publicada el 5 de junio de 2020 · Último cambio el 29 de noviembre de 2022 · Ver en el BOE
Índice
- [preambulo]
- TÍTULO I
- Artículo 1. Objeto.
- Artículo 2. Valores y finalidades.
- Artículo 3. Ámbito temporal y subjetivo de aplicación.
- Artículo 4. Personas beneficiarias. 2 redacciones · cambió el 29/11/2022
- Artículo 5. Ayudas y medidas.
- Artículo 6. Naturaleza de las medidas y ayudas.
- Artículo 7. Medidas urgentes.
- TÍTULO II
- CAPÍTULO I
- Artículo 8. Requisitos para su concesión.
- Artículo 9. Límite de las indemnizaciones.
- CAPÍTULO II
- Artículo 10. Indemnizaciones por fallecimiento.
- Artículo 11. Indemnizaciones por daños físicos o psíquicos.
- CAPÍTULO III
- Artículo 12. Objeto de las ayudas y medidas por daños materiales.
- Artículo 13. Límite de las ayudas.
- Artículo 14. Peritación de los daños materiales .
- Artículo 15. Daños en viviendas.
- Artículo 16. Alojamiento provisional.
- Artículo 17. Daños en sedes de partidos políticos, sindicatos y organizaciones sociales.
- Artículo 18. Daños en establecimientos mercantiles o industriales, o en elementos productivos de las empresas.
- Artículo 19. Daños en vehículos.
- Artículo 20. Instalación de elementos de seguridad.
- Artículo 21. De la actividad complementaria ante las entidades financieras.
- CAPÍTULO IV
- Artículo 22. Organización y principios del procedimiento.
- Artículo 23. Iniciación e instrucción. 2 redacciones · cambió el 29/11/2022
- Artículo 24. Resolución.
- TÍTULO III
- Artículo 25. Ámbito.
- Artículo 26. Asistencia sanitaria.
- Artículo 27. Asistencia psicológica.
- Artículo 28. Asistencia en el ámbito de la promoción de la autonomía personal y en situaciones de dependencia.
- Artículo 29. Asistencia en el ámbito educativo.
- Artículo 30. Asistencia en materia de empleo.
- Artículo 31. Empleo público.
- Artículo 32. Ayudas en el ámbito de la vivienda.
- TÍTULO IV
- Artículo 33. Centros residenciales de personas mayores.
- Artículo 34. Asistencia en el ámbito de la formación.
- Artículo 35. Acceso a instalaciones juveniles.
- Artículo 36. Ayudas para el gasto farmacéutico.
- Artículo 37. Acceso a la cultura y al deporte.
- Artículo 38. Ayudas extraordinarias.
- Artículo 39. Garantía de fondos de solidaridad.
- TÍTULO V
- Artículo 40. Fomento del movimiento asociativo.
- Artículo 41. Subvenciones a entidades sin ánimo de lucro.
- TÍTULO VI
- Artículo 42. Distinciones honoríficas.
- Artículo 43. Reconocimiento institucional y memoria de las víctimas. 2 redacciones · cambió el 29/11/2022
- TÍTULO VII
- Artículo 44. Tarjeta identificativa de víctima de terrorismo.
- Artículo 45. Protección de datos.
- Artículo 46. Información en la página web oficial.
- TÍTULO VIII
- Artículo 47. Creación. 2 redacciones · cambió el 29/11/2022
- Artículo 48. Objetivos del centro.
- Artículo 49. Composición, organización y régimen de funcionamiento.
- Disposición adicional primera. Presupuestos.
- Disposición adicional segunda. Subvenciones y ayudas.
- Disposición adicional tercera. Promoción de beneficios fiscales.
- Disposición adicional cuarta. Previsión presupuestaria para necesidades inmediatas.
- Disposición adicional quinta. Liquidación de las indemnizaciones pecuniarias.
- Disposición adicional sexta. Adaptación de referencias.
- Disposición transitoria única. Actos acaecidos con anterioridad a su entrada en vigor. 2 redacciones · cambió el 29/11/2022
- Disposición derogatoria única.
- Disposición final primera. Desarrollo reglamentario.
- Disposición final segunda. Entrada en vigor.
- [firma]


