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Legislación › Ley 2/2020, de 4 de marzo, de apoyo, asistencia y reconocimiento a las víctimas de terrorismo de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

Disposición adicional sexta. Adaptación de referencias.

Disposición adicional sexta. Adaptación de referencias.

Las referencias que en esta Ley se realizan a la Consejería competente en materia de interior, se entenderán hechas a la Presidencia de la Junta de Extremadura. Se exceptúa de lo anterior el apartado 2 del artículo 20 de la presente Ley.

Se añade por el art. 42.6 de la Ley 5/2022, de 25 de noviembre. BOE-A-2022-21019

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