Legislación › Real Decreto 557/2020, de 9 de junio, por el que se adoptan medidas extraordinarias en el sector del vino para hacer frente a la crisis causada por la pandemia de COVID-19, y por el que se fija una norma de comercialización en el sector del vino y se modifica la regulación sobre declaraciones obligatorias en el sector vitivinícola y el programa de apoyo al sector del vino.
Artículo 27. Requisitos de admisibilidad.
Artículo 27. Requisitos de admisibilidad.
Solo podrán acogerse a la ayuda a la cosecha en verde las solicitudes de parcelas completas de viñedo registradas en una DOP que se destinen a la producción de uva para vinificación siempre y cuando no sean parcelas de viñedo plantadas en las tres campañas anteriores a la presente campaña 2019/2020.
Las solicitudes se realizarán por parcelas cuya superficie mínima sea igual o superior a 0,3 hectáreas.
La cosecha en verde podrá realizarse de forma manual y/o mecánica y/o química.


