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Legislación › Resolución de 12 de junio de 2020, de la Subsecretaría, por la que se establece el pago voluntario por vía telemática de la tasa por inscripción en el registro administrativo de distribuidores de seguros y reaseguros.

Segundo. Sujeto pasivo.

Segundo. Sujeto pasivo.

El sujeto pasivo que puede efectuar el pago de esta tasa por medios telemáticos es la persona física o jurídica a cuyo favor se practique la inscripción en el registro administrativo de distribuidores de seguros y reaseguros y la persona física o jurídica solicitante de un certificado de dicho registro.

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