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Legislación › Resolución de 12 de junio de 2020, de la Subsecretaría, por la que se establece el pago voluntario por vía telemática de la tasa por inscripción en el registro administrativo de distribuidores de seguros y reaseguros.

Tercero. Registro electrónico de la tramitación del procedimiento.

Tercero. Registro electrónico de la tramitación del procedimiento.

La recepción de las declaraciones presentadas por vía electrónica se realizará a través de la sede electrónica de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, creada mediante Orden EHA/3408/2009, de 17 de diciembre, por la que se crean sedes electrónicas en el Ministerio de Economía y Hacienda.

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