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Legislación › Real Decreto 586/2020, de 23 de junio, relativo a la información obligatoria en caso de emergencia nuclear o radiológica.

Artículo 3. Ámbito de aplicación.

Artículo 3. Ámbito de aplicación.

Este real decreto es de aplicación en todo el territorio nacional tanto en fase preventiva como ante una eventualidad de emergencia nuclear o radiológica que pueda dar lugar a una exposición de la población.

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