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Legislación › Real Decreto 550/2020, de 2 de junio, por el que se determinan las condiciones de seguridad de las actividades de buceo.

Artículo 24. Técnicas de buceo profesional.

Artículo 24. Técnicas de buceo profesional.

Las técnicas de buceo profesional permitidas son las siguientes:

a) Autónomo.

b) Suministro de superficie.

c) Campana húmeda.

d) Campana seca a intervención.

e) Saturación.

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