Legislación › Orden CUD/582/2020, de 26 de junio, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas estatales para la producción de largometrajes y de cortometrajes y regula la estructura del Registro Administrativo de Empresas Cinematográficas y Audiovisuales.
Artículo 19. Resolución y modificación de los proyectos beneficiarios.
Artículo 19. Resolución y modificación de los proyectos beneficiarios.
1. El plazo máximo para dictar y notificar las resoluciones de los procedimientos de selección será de 4 meses desde el día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria, salvo que la misma posponga sus efectos a una fecha posterior.
2. Las empresas beneficiarias de las ayudas podrán introducir modificaciones que supongan una reducción no superior al 30 % del presupuesto conforme al cual hubieran obtenido la ayuda, incluidos los gastos relativos a copias, publicidad y promoción, así como los relativos a intereses pasivos y gastos de negociación de préstamos con entidades financieras, siempre que se mantenga el cumplimiento de los requisitos establecidos en los artículos 11.1 y 14.
Las modificaciones que impliquen una reducción del presupuesto superior al citado porcentaje darán lugar a la exigencia del reintegro total de la ayuda.
3. La introducción de cambios sustanciales en el proyecto aprobado se regirá por lo establecido en el artículo 8.7.
Se modifica el apartado 3 por el art. 2.9 de la Orden CUD/553/2023, de 31 de mayo. BOE-A-2023-13188
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 3 de junio de 2023 En vigor | BOE-A-2023-13188 | Leer | Qué cambió |
| 1 de julio de 2020 | Texto original | Leer |


