Legislación › Orden CUD/582/2020, de 26 de junio, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas estatales para la producción de largometrajes y de cortometrajes y regula la estructura del Registro Administrativo de Empresas Cinematográficas y Audiovisuales.
Artículo 29. Pago de la ayuda.
Artículo 29. Pago de la ayuda.
1. La ayuda se hará efectiva en un único pago una vez publicada la resolución de concesión.
2. Antes de efectuarse el pago será necesario haber acreditado:
a) El cumplimiento efectivo de la obligación de encontrarse al corriente del pago, como mínimo, del 33 % del precio del guion.
b) En aquellos casos en que proceda, que se cuenta con el aval o sistema de garantía conforme a lo establecido en la convocatoria, correspondiente a los recursos propios aportados a los que se refiere el artículo 11.1.e).5.º
Se modifica por el art. 2.13 de la Orden CLT/641/2025, de 17 de junio. BOE-A-2025-12392
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 19 de junio de 2025 En vigor | BOE-A-2025-12392 | Leer | Qué cambió |
| 1 de julio de 2020 | Texto original | Leer |


