Legislación › Ley 6/2020, de 18 de junio, de protección, conservación y puesta en valor de los olivos y olivares monumentales.
Artículo 1. Objeto.
Artículo 1. Objeto.
La presente Ley tiene por objeto:
a) Regular y proteger los olivos y olivares identificados como monumentales por sus condiciones históricas y culturales, como elementos del paisaje y por su contribución hidrogeológica al mantenimiento del territorio.
b) Regular y proteger el cultivo y el paisaje del olivo, los elementos arquitectónicos genuinos vinculados a la historia del cultivo, la cultura y el paisaje del que forma parte, que, junto con el patrimonio rural de piedra seca, está considerado paisaje de atención especial.
c) Establecer políticas y mecanismos de conservación y protección del paisaje y de la actividad agrícola.


