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Circular 5/2020, de 9 de julio, de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, por la que se regula la gestión del mecanismo de fomento del uso de biocarburantes y otros combustibles renovables con fines de transporte y se modifica la Circular 2/2017, de 8 de febrero, por la que se regulan los procedimientos de constitución, gestión y reparto del fondo de pagos compensatorios del mecanismo de fomento del uso de biocarburantes y otros combustibles renovables con fines de transporte.

En vigor Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia · Publicada el 14 de julio de 2020 · Último cambio el 14 de julio de 2020 · Ver en el BOE

Índice

  1. [preambulo]
  2. Primero. Objeto de la Circular.
  3. Segundo. Definiciones.
  4. Tercero. Sujetos obligados.
  5. Cuarto. Objetivos de biocarburantes.
  6. Quinto. Sistema de Anotaciones en Cuenta de Certificados.
  7. Sexto. Apertura y cancelación de Cuentas de Certificación.
  8. Séptimo. Reglas de realización del balance de masa y de agregación y asignación de las características de sostenibilidad.
  9. Octavo. Presentación de solicitudes de Certificados provisionales a cuenta.
  10. Noveno. Presentación de solicitudes de Certificados definitivos.
  11. Décimo. Denegación de solicitudes de Certificados.
  12. Undécimo. Trazabilidad e intercambio de información entre los agentes económicos.
  13. Duodécimo. Verificación e inspección.
  14. Decimotercero. Gestión del Sistema de Anotaciones en Cuenta.
  15. Decimocuarto. Transferencias.
  16. Decimoquinto. Traspasos de Certificados al año siguiente.
  17. Decimosexto. Formalización de solicitudes, comunicaciones y remisión de información y efectos de su presentación.
  18. Decimoséptimo. Confidencialidad.
  19. Decimoctavo. Publicidad de la información.
  20. Disposición adicional primera. Existencias iniciales de biocarburantes a efectos de la certificación del ejercicio 2020.
  21. Disposición adicional segunda. Ventas o consumos en la Comunidad Autónoma de Canarias.
  22. Disposición adicional tercera. Materias primas a efectos del cumplimiento de los objetivos de venta o consumo de biocarburantes con fines de transporte.
  23. Disposición adicional cuarta. Procedimiento para la incorporación de nuevas materias primas a efectos del cumplimiento de los objetivos de venta o consumo de biocarburantes con fines de transporte.
  24. Disposición adicional quinta. Ámbito de aplicación del procedimiento para la incorporación de nuevas materias primas a efectos del cumplimiento de los objetivos de venta o consumo de biocarburantes con fines de transporte.
  25. Disposición derogatoria única.
  26. Disposición final primera. Modificación de la Circular 2/2017, de 8 de febrero, de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, por la que se regulan los procedimientos de constitución, gestión y reparto del fondo de pagos compensatorios del mecanismo de fomento del uso de biocarburantes y otros combustibles renovables con fines de transporte.
  27. Disposición final segunda. Entrada en vigor.
  28. [firma]