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Legislación › Orden PCI/18/2020, de 10 de enero, por la que se establece el Reglamento del Observatorio Profesional del Instituto Nacional de las Cualificaciones y se determinan las condiciones para el registro y reconocimiento de las entidades colaboradoras del Instituto Nacional de las Cualificaciones.

Artículo 7. Composición del Observatorio Profesional del Instituto Nacional de las Cualificaciones.

Artículo 7. Composición del Observatorio Profesional del Instituto Nacional de las Cualificaciones.

El Observatorio Profesional estará constituido por un Pleno que actuará bajo la denominación de Comité de Dirección. Además, formarán parte del observatorio diversos observatorios de carácter sectorial, y una red de alerta.

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