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Decreto-ley 6/2020, de 1 de abril, por el que se establecen medidas sociales urgentes para paliar los efectos de la situación creada por el COVID-19 y de fomento de la investigación sanitaria.
En vigor Comunidad Autónoma de las Illes Balears · Publicada el 17 de julio de 2020 · Último cambio el 16 de junio de 2020 · Ver en el BOE
Índice
- no
- [preambulo]
- CAPÍTULO I
- Artículo 1. Mantenimiento de los servicios sociales incluidos en la Cartera básica de servicios sociales.
- Artículo 2. Mantenimiento de los conciertos sociales y de los módulos económicos.
- Artículo 3. Medidas extraordinarias en materia de gestión de la renta social garantizada. 2 redacciones · cambió el 16/06/2020
- CAPÍTULO II
- Artículo 4. Medidas extraordinarias en materia de selección de personal temporal para atender las necesidades urgentes de servicios esenciales derivadas de la emergencia de salud pública.
- CAPÍTULO III
- Artículo 5. Medidas relativas a las ayudas para el alquiler de vivienda gestionadas o establecidas por la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
- CAPÍTULO IV
- Artículo 6. Reglas relativas a las aportaciones dinerarias efectuadas por la Fundación Instituto de Investigación Sanitaria de las Illes Balears para la investigación científica y técnica derivada de la emergencia sanitaria causada por el coronavirus COVID-19.
- Disposición adicional única. Medidas extraordinarias para las sesiones de órganos colegiados de las administraciones públicas autonómica, insular y local y de los organismos públicos de naturaleza institucional o corporativa con personificación pública.
- Disposición derogatoria única. Normas que se derogan.
- Disposición final primera. Modificaciones del Decreto-ley 4/2020, de 20 de marzo, por el que se establecen medidas urgentes en materia de contratación, convenios, conciertos educativos y subvenciones, servicios sociales, medio ambiente, procedimientos administrativos y presupuestos para hacer frente al impacto económico y social del COVID-19.
- Disposición final segunda. Vigencia.
- Firma


