Legislación › Decreto-ley 10/2020, de 12 de junio, de prestaciones sociales de carácter económico de las Illes Balears.
Artículo 36. Reintegro de la prestación.
Artículo 36. Reintegro de la prestación.
En los casos de personas que se mantienen en situación de vulnerabilidad económica y que tienen que hacer frente a un reintegro por causas de extinción y/o suspensión y que pidan el fraccionamiento de la deuda, la cuantía de la renta social garantizada no podrá ser inferior al 75% de la cuantía a la que tendría derecho sin deuda.


