Legislación › Decreto-ley 10/2020, de 12 de junio, de prestaciones sociales de carácter económico de las Illes Balears.
Artículo 50. Modificación, suspensión y extinción.
Artículo 50. Modificación, suspensión y extinción.
El complemento se modificará, suspenderá o extinguirá de la misma manera que la prestación o pensión que genera el derecho.


