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Legislación › Orden DEF/707/2020, de 27 de julio, por la que se desarrolla la organización básica de la Armada.

Artículo 16. Organización del Apoyo a la Fuerza.

Artículo 16. Organización del Apoyo a la Fuerza.

1. El Apoyo a la Fuerza en el ámbito del recurso humano de la Armada será realizado por la Jefatura de Personal.

2. El Apoyo a la Fuerza en el ámbito del recurso de material de la Armada será realizado por la Jefatura de Apoyo Logístico.

3. El Apoyo a la Fuerza en el ámbito del recurso financiero de la Armada será realizado por la Dirección de Asuntos Económicos.

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