Legislación › Orden DEF/707/2020, de 27 de julio, por la que se desarrolla la organización básica de la Armada.
Artículo 16. Organización del Apoyo a la Fuerza.
Artículo 16. Organización del Apoyo a la Fuerza.
1. El Apoyo a la Fuerza en el ámbito del recurso humano de la Armada será realizado por la Jefatura de Personal.
2. El Apoyo a la Fuerza en el ámbito del recurso de material de la Armada será realizado por la Jefatura de Apoyo Logístico.
3. El Apoyo a la Fuerza en el ámbito del recurso financiero de la Armada será realizado por la Dirección de Asuntos Económicos.


