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Legislación › Orden DEF/708/2020, de 27 de julio, por la que se desarrolla la organización básica del Ejército de Tierra.

Artículo 2. El Estado Mayor del Ejército de Tierra.

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Artículo 2. El Estado Mayor del Ejército de Tierra.
1. El Estado Mayor del Ejército de Tierra (EME) es el principal órgano auxiliar de mando del Jefe de Estado Mayor del Ejército de Tierra (JEME), al que asiste en el ejercicio de sus competencias y en las responsabilidades que tiene asignadas, proporcionándole los elementos de juicio necesarios para fundamentar sus decisiones, traducir éstas en órdenes y velar por su cumplimiento.
2. El EME se articula en:
a) La Jefatura.
b) La Secretaría General del Estado Mayor.
c) La División de Planes.
d) La División de Operaciones.
e) La División de Logística.
3. La Jefatura está formada por el Segundo Jefe del Estado Mayor del Ejército (SEJEME) y sus órganos de apoyo personal.
4. La Secretaría General del Estado Mayor es el principal órgano de apoyo al Segundo Jefe del Estado Mayor del Ejército y es la responsable de todos aquellos asuntos del Estado Mayor que no sean competencia específica de alguna de sus divisiones. Le corresponde específicamente la coordinación de la gestión de la información y el conocimiento y del proceso de transformación digital en el Ejército de Tierra en desarrollo de los correspondientes del Ministerio de Defensa. Dentro de la Secretaría General del Estado Mayor misma se encuadra la Secretaría Permanente del Consejo Superior del Ejército de Tierra, que es la unidad de trabajo de éste.
5. La División de Planes es la responsable de la organización y planeamiento global del Ejército de Tierra a medio y largo plazo, de actualizar los planes y de la definición inicial, seguimiento y coordinación de los programas de ellos derivados. Le corresponde específicamente la coordinación de la gestión de la información y el conocimiento y del proceso de transformación digital en el Ejército de Tierra en desarrollo de los correspondientes del Ministerio de Defensa.
6. La División de Operaciones es la responsable del planeamiento, coordinación y control general de los procesos para la preparación de las unidades del Ejército de Tierra, del seguimiento de sus actividades y de los indicadores de cumplimiento de los objetivos marcados para, en su caso, su puesta a disposición de la estructura operativa de las Fuerzas Armadas (FAS).
7. La División de Logística es la responsable del planeamiento, coordinación y control general de los procesos del apoyo logístico en relación con los recursos materiales y humanos, para alcanzar los objetivos del Ejército de Tierra.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
12 de junio de 2024 En vigor BOE-A-2024-11777 Leer Qué cambió
29 de julio de 2020 Texto original Leer

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