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Orden DEF/708/2020, de 27 de julio, por la que se desarrolla la organización básica del Ejército de Tierra.

En vigor Ministerio de Defensa · Publicada el 28 de julio de 2020 · Último cambio el 11 de junio de 2024 · Ver en el BOE

Índice

  1. [preambulo]
  2. Artículo único. Aprobación de la organización del Ejército de Tierra.
  3. Disposición adicional única. No incremento del gasto público.
  4. Disposición transitoria única. Unidades existentes.
  5. Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
  6. Disposición final primera. Desarrollo y ejecución.
  7. Disposición final segunda. Entrada en vigor.
  8. [firma]
  9. ORGANIZACIÓN
  10. CAPÍTULO I
  11. Artículo 1. Organización del Cuartel General del Ejército de Tierra. 2 redacciones · cambió el 11/06/2024
  12. Artículo 2. El Estado Mayor del Ejército de Tierra. 2 redacciones · cambió el 11/06/2024
  13. Artículo 3. El Gabinete del Jefe de Estado Mayor del Ejército de Tierra.
  14. Artículo 4. La Jefatura del Ciberespacio y de los Servicios de Asistencia Técnica. 2 redacciones · cambió el 11/06/2024
  15. Artículo 5. El Instituto de Historia y Cultura Militar.
  16. Artículo 6. La Asesoría Jurídica del Ejército de Tierra.
  17. CAPÍTULO II
  18. Sección 1
  19. Artículo 7. Unidades de la Fuerza.
  20. Artículo 8. Organización de la Fuerza.
  21. Sección 2
  22. Artículo 9. Organización del Cuartel General Terrestre de Alta Disponibilidad.
  23. Sección 3
  24. Artículo 10. Organización de la Fuerza Terrestre.
  25. Artículo 11. El Cuartel General de la Fuerza Terrestre.
  26. Artículo 12. La División «Castillejos».
  27. Artículo 13. La División «San Marcial». 2 redacciones · cambió el 11/06/2024
  28. Artículo 14. El Mando de Apoyo a la Maniobra.
  29. Sección 4
  30. Artículo 15. Organización del Mando de Canarias del Ejército de Tierra.
  31. Artículo 16. El Cuartel General del Mando de Canarias.
  32. Artículo 17. La Comandancia General de Ceuta.
  33. Artículo 18. La Comandancia General de Melilla.
  34. Artículo 19. La Comandancia General de Baleares.
  35. Artículo 20. La Brigada «Canarias» XVI. 2 redacciones · cambió el 11/06/2024
  36. CAPÍTULO III
  37. Artículo 21. Organización del Apoyo a la Fuerza.
  38. Sección 1
  39. Artículo 22. El Mando de Personal.
  40. Artículo 23. La Jefatura del Mando de Personal.
  41. Artículo 24. La Dirección de Personal.
  42. Artículo 25. La Dirección de Asistencia al Personal.
  43. Artículo 26. La Dirección de Sanidad.
  44. Sección 2
  45. Artículo 27. El Mando de Adiestramiento y Doctrina.
  46. Artículo 28. La Jefatura del Mando de Adiestramiento y Doctrina.
  47. Artículo 29. La Dirección de Investigación, Doctrina, Orgánica y Materiales.
  48. Artículo 30. La Dirección de Enseñanza, Instrucción, Adiestramiento y Evaluación.
  49. Sección 3
  50. Artículo 31. El Mando de Apoyo Logístico. 2 redacciones · cambió el 11/06/2024
  51. Artículo 32. La Jefatura del Mando de Apoyo Logístico. 2 redacciones · cambió el 11/06/2024
  52. Artículo 33. La Dirección de Adquisiciones.
  53. Artículo 34. La Dirección de Integración de Funciones Logísticas.
  54. Artículo 34 bis. La Dirección de Ingeniería del Mando de Apoyo Logístico.
  55. Sección 4
  56. Artículo 35. La Inspección General del Ejército de Tierra.
  57. Artículo 36. La Jefatura de la Inspección General del Ejército de Tierra.
  58. Artículo 37. La Dirección de Acuartelamiento.
  59. Artículo 38. La Dirección de Infraestructura.
  60. Sección 5
  61. Artículo 39. La Dirección de Asuntos Económicos.
  62. Artículo 40. La Subdirección de Contabilidad y Presupuesto.
  63. Artículo 41. Subdirección de Gestión Económica y Contratación.