Legislación › Orden DEF/708/2020, de 27 de julio, por la que se desarrolla la organización básica del Ejército de Tierra.
Artículo 32. La Jefatura del Mando de Apoyo Logístico.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 29 de julio de 2020 y la del 12 de junio de 2024.
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Artículo 32. La Jefatura del Mando de Apoyo Logístico.
1. La Jefatura es el órgano de asistencia al Jefe del Mando de Apoyo Logístico y, en ella, se integra una Secretaria General, una Jefatura de Ingeniería Secretaría General y una Jefatura de Asuntos Económicos.
2. La Jefatura de Ingeniería es el órgano de carácter técnico-facultativo, al que le corresponden la gestión, administración y control en materia de ingeniería y documentación técnica de los sistemas de armas, materiales y equipos cuya responsabilidad es asignada al Mando de Apoyo Logístico, a lo largo de todo el ciclo de vida del material. (Suprimido)
3. La Jefatura de Asuntos Económicos es el órgano encargado de la dirección y coordinación de los recursos financieros asignados al mismo, así como de la contratación y la contabilidad. También le corresponde el enlace internacional en materia contractual y la gestión, administración y control en materia de derechos arancelarios.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 12 de junio de 2024 En vigor | BOE-A-2024-11777 | Leer | Qué cambió |
| 29 de julio de 2020 | Texto original | Leer |


