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Legislación › Real Decreto 703/2020, de 28 de julio, por el que se aprueban las bases reguladoras de las ayudas a la paralización temporal de la actividad pesquera para poder hacer frente al impacto económico y social derivado de la pandemia de COVID-19, se convocan dichas ayudas para el primer tramo del ejercicio 2020 y se modifican distintos reales decretos relativos a la regulación de las organizaciones profesionales en el sector de la pesca y la acuicultura y para el ejercicio de la pesca recreativa.

ANEXO II

ANEXO II

Baremo para el cálculo del importe de las ayudas

Baremo para armadores

Cuantías máximas de la indemnización

Categoría de buque por clase de tonelaje (GT)

Importe máximo de la prima por buque y día

(En euros)

< 25

5,16xGT+36(1)

≥25 y <50

3,84xGT+66

≥50 y <100

3,00xGT+108

≥100 y <250

2,40xGT+168

≥250 y <500

1,80xGT+318

≥500 y <1.500

1,32xGT+558

≥1.500 y <2500

1,08xGT+918

≥2.500

0,80xGT+1.608

(1) Garantizándose un mínimo de 100 euros diarios.

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