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Legislación › Real Decreto 724/2020, de 4 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento de la Oficina de Interpretación de Lenguas del Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación.

Artículo 16. Honorarios.

Artículo 16. Honorarios.

Los Traductores Jurados y los Intérpretes Jurados fijarán libremente los honorarios que deban percibir por sus actuaciones.

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