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Decreto-ley 6/2020, de 5 de junio, para la ampliación de vivienda pública en la Comunitat Valenciana mediante los derechos de tanteo y retracto.
Derogada o sin vigencia Comunitat Valenciana · Publicada el 13 de agosto de 2020 · Último cambio el 31 de mayo de 2025 · Ver en el BOE
Índice
- no
- [preambulo]
- TÍTULO I
- CAPÍTULO I
- Artículo 1. Los derechos de adquisición preferente de la administración sobre viviendas de protección pública.
- Artículo 2. Procedimiento para el ejercicio del tanteo.
- Artículo 3. Procedimiento para el ejercicio de retracto. 2 redacciones · cambió el 30/12/2021
- Artículo 4. Precio de adquisición.
- Artículo 5. Calificación permanente de las viviendas adquiridas en el ejercicio de los derechos de adquisición preferente.
- Artículo 6. Especiales deberes de colaboración de organismos y funcionarias y funcionarios públicos.
- CAPÍTULO II
- Artículo 7. Ejercicio de los derechos de adquisición preferente a favor de tercera persona.
- Artículo 8. Cesión de los derechos de adquisición preferente a los municipios.
- Artículo 9. Colaboración con los entes locales en la gestión del parque público de vivienda que se adquiera en el ejercicio de los derechos de adquisición preferente.
- TÍTULO II
- CAPÍTULO I
- Artículo 10. Titularidad, competencia y transmisiones de viviendas sujetas a los derechos de adquisición preferente. 5 redacciones · cambió el 30/12/2022
- Artículo 11. Procedimiento para el ejercicio de los derechos de tanteo en transmisiones singulares.
- Artículo 12. Procedimiento para el ejercicio de los derechos de retracto en transmisiones singulares.
- CAPÍTULO II
- Artículo 13. Municipios sujetos a los derechos de adquisición preferente.
- Artículo 14. Actualización y publicidad de las áreas de necesidad de vivienda.
- Artículo 15. Comunicación de las áreas de necesidad de vivienda.
- CAPÍTULO III
- Artículo 16. Destino y adjudicación de las viviendas adquiridas. 2 redacciones · cambió el 22/04/2022
- Artículo 17. Calificación permanente de las viviendas adquiridas.
- Disposición adicional primera. Modificación de la Ley 8/2004, de 20 de octubre, de la Vivienda de la Comunidad Valenciana.
- Disposición adicional segunda. Modificación de la Ley 2/2017, de 3 de febrero, por la función social de la vivienda de la Comunitat Valenciana.
- Disposición adicional tercera. Servicio electrónico para adquisiciones preferentes.
- Disposición transitoria primera. Aplicación del ejercicio de los derechos de adquisición preferente en transmisiones singulares.
- Disposición transitoria segunda. Régimen transitorio de los derechos de adquisición preferente regulados en este decreto ley. 2 redacciones · cambió el 31/12/2020
- Disposición transitoria tercera. Notificaciones y comunicaciones de organismos y funcionarias y funcionarios públicos.
- Disposición transitoria cuarta. Municipios incluidos en las áreas de necesidad de vivienda.
- Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
- Disposición final primera. Desarrollo reglamentario.
- Disposición final segunda. Entrada en vigor.
- Firma


