Legislación › Decreto-ley 9/2020, de 3 de julio, de medidas urgentes en los ámbitos de seguridad ferroviaria, de puertos de titularidad de la Generalitat y del taxi.
Disposición final segunda. Entrada en vigor.
Disposición final segunda. Entrada en vigor.
Este decreto ley entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Diari Oficial de la Generalitat Valenciana».


