Legislación › Decreto Legislativo 1/2020, de 22 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Policía del País Vasco.
Disposición adicional primera. Puestos en la Administración policial.
Disposición adicional primera. Puestos en la Administración policial.
El personal funcionario de la Ertzaintza podrá ocupar puestos de trabajo de la Administración policial, en los casos y con las condiciones que se determinen en las relaciones de puestos de trabajo, sin que el período de permanencia en ellos sea computable a efectos de consolidación del grado personal.


