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Legislación › Real Decreto 387/2021, de 1 de junio, por el que se regula el régimen de certificación fitosanitaria oficial para la exportación de vegetales y productos vegetales y se modifica el Real Decreto 58/2005, de 21 de enero, por el que se adoptan medidas de protección contra la introducción y difusión en el territorio nacional y de la Comunidad Europea de organismos nocivos para los vegetales o productos vegetales, así como para la exportación y tránsito hacia países terceros.

ANEXO II

ANEXO II

Parte A

Lista de comprobación de requisitos para la autorización de almacén de confección de fruta y hortaliza, para la realización de inspección de exportación

A. Iluminación.

SÍ

NO

OBSERVACIONES

1. Los locales en los que los productos sean descargados, inspeccionados o almacenados, cuentan con una iluminación natural o artificial adecuada conforme a lo dispuesto en el RD 486/97, siendo el límite mínimo de 500 luxes.

2. Área de inspección con luz suficiente, preferentemente natural, y si es artificial que sea como mínimo de 1000 luxes conforme al RD 486/97.

B. Área de inspección.

SÍ

NO

OBSERVACIONES

1. Aislada y de dimensiones suficientes (mínima de 25 m2). La zona permite la correcta inspección, manipulación y movimiento de la muestra vegetal a inspeccionar. La zona de acceso tiene las dimensiones suficientes para permitir la entrada del material vegetal a inspeccionar.

2. El área de inspección cuenta con paredes, suelos y techos fáciles de limpiar, así como con desagües.

C. Muelles de carga y descarga asociado al área de inspección.

SÍ

NO

OBSERVACIONES

1. Cuenta con un sistema de doble puerta, cortina de viento o sistema similar, que evita cualquier posible contaminación fitosanitaria.

D. Equipamiento.

SÍ

NO

OBSERVACIONES

1. Medios suficientes para el movimiento de mercancía, por ejemplo, carretillas eléctricas, transpaletas, que permitan la carga de la mercancía en el menor tiempo posible para evitar cualquier rotura de la cadena de frío.

2. Mesa inclinada de inspección que cumpla las características adecuadas para tal fin (Metálica o de madera con tablero forrado blanco, cuyas medidas aproximadas sean: lado superior 60 cm de ancho y extremo inferior de 33 cm de ancho, una longitud de 130 cm, altura del extremo superior de 105 cm y extremo inferior de 87 cm o características similares).

3. Mesa alta para la manipulación de la mercancía, según especificaciones establecidas por el MAPA (mínimo de 900 mm para trabajo de pie y 720 mm con asiento para trabajo sentado).

4. Lupa con luz incorporada, con pie, según especificaciones establecidas por el MAPA (mínimo de 3 a 5 dioptrías), equipada con bombilla de un mínimo de 20 W.

5. Material de laboratorio (cuchillos, papel secante, lancetas, bisturí, tijeras, bandeja de plástico blancas, pincel, material de pesaje…) necesario para realizar la inspección según el material vegetal, así como, guantes, batas, etc.

6. Material para la preparación de muestras (botes, bolsas, material para identificación/etiquetado de muestras).

7. Lavamanos con agua fría y agua caliente, jabón y método higiénico de secado de manos.

E. Zona Administrativa.

SÍ

NO

OBSERVACIONES

1. Disponer de acceso a ordenador con acceso a internet, material de oficina/papelería, etc.

2. Disponer de acceso a impresora a color (en caso de que el inspector lo considere oportuno para el tratamiento y expedición de documentos).

F. Zona de Almacenamiento.

SÍ

NO

OBSERVACIONES

1. Se dispone de cámaras o áreas de almacenamiento adecuadas que permiten mantener, bajo la supervisión del inspector, las partidas detenidas a la espera de los resultados de laboratorio o de otras pruebas fitosanitarias. Las cámaras o áreas de almacenamiento podrán ser precintadas por el inspector de sanidad vegetal si así lo considera necesario.

2. Dispone, cuando es necesario, de un volumen de almacenamiento adecuado.

3. Cuenta con cámaras frigoríficas que permiten mantener la mercancía a las temperaturas en la pulpa exigidas, según el caso (pre-enfriado, congelación, etc.).

4. Las cámaras pueden usarse para productos interceptados, siempre que se mantengan a la temperatura correspondiente, bajo la supervisión del inspector, que podrá precintar las mismas si así lo considera necesario.

5. Las instalaciones para tratamiento de frío para exportación, en el caso de existir, están autorizadas.

G. Verificación de Documentación aportada en solicitud. Personal y Programa de control fitosanitario.

SÍ

NO

OBSERVACIONES

1. Se dispone de un técnico con cualificación académica igual, al menos, a la exigida a los inspectores de sanidad vegetal oficiales.

2. Se dispone de un Programa de control fitosanitario en almacén.

3. La instalación cuenta con Plan de limpieza.

Nota: en caso de subsanación de deficiencias, indicar dichas deficiencias en la casilla correspondiente, así como el plazo de subsanación estimado.

RESULTADO DE LA VISITA: FAVORABLE

DESFAVORABLE PERÍODO DE SUBSANACIÓN

OBSERVACIONES:

En ...................., a .......... de ..............

El Inspector de Sanidad Vegetal Por la empresa

Fdo.: Fdo.:

LISTA DE COMPROBACIÓN DE REQUISITOS PARA LA AUTORIZACIÓN DE VIVERO, PARA LA REALIZACIÓN DE INSPECCIÓN DE EXPORTACIÓN

VIVERO (NOMBRE, NÚMERO DE REGISTRO*, DIRECCIÓN, Y OTROS DATOS RELEVANTES)

Fecha de visita:

A. Iluminación.

SÍ

NO

OBSERVACIONES

1. Los locales en los que los productos son descargados, inspeccionados o almacenados, cuentan con una iluminación natural o artificial adecuada conforme a lo dispuesto en el RD 486/97, siendo el límite mínimo de 500 luxes.

2. Área de inspección con luz suficiente, preferentemente natural, y si es artificial que sea como mínimo de 1000 luxes conforme al RD 486/97.

B. Área de inspección.

SÍ

NO

OBSERVACIONES

1. Aislada o separada adecuadamente, identificada y de dimensiones suficientes que permita la correcta inspección, manipulación y movimiento del material vegetal a inspeccionar. La zona de inspección está protegida de las inclemencias meteorológicas.

2. El área de inspección cuenta con paredes, suelos y techos fáciles de limpiar, así como con desagües. Excepto en el caso de inspección de árboles o plantas de gran tamaño, cuyas dimensiones condicionen el área de inspección.

C. Equipamiento.

SÍ

NO

OBSERVACIONES

1. Cuenta con medios para la descarga y movimiento de mercancía, por ejemplo, carretillas eléctricas, transpaletas….

2. Mesa/s o bancada para la inspección que permita la manipulación de muestras del material vegetal a inspeccionar.

3. Elementos de corte. (Tijera de podar, cuchillo, sierra manual, …).

4. Material para la preparación de muestras (botes, bolsas, material para identificación/etiquetado de muestras).

5. Lupa de pie con luz incorporada, según especificaciones establecidas por el MAPA (mínimo de 3 a 5 dioptrías) equipada con bombilla como mínimo de 20 W. Obligatorio en función del material a inspeccionar.

6. Material de laboratorio (material de pesaje, cuchillos, papel secante, lancetas, bisturí, tijeras, bandeja de plástico blancas, pincel…) necesario para realizar la inspección según el material vegetal, así como guantes, batas, chaquetas, etc.

7. Lavamanos con agua fría y agua caliente, jabón y método higiénico de secado de manos.

D. Zona Administrativa.

SÍ

NO

OBSERVACIONES

1. Disponer de acceso a ordenador con acceso a internet, material de oficina/papelería, etc.

2. Disponer de acceso a impresora a color (en caso de que el inspector lo considere oportuno para el tratamiento de documentos).

E. Zona de Almacenamiento.

SÍ

NO

OBSERVACIONES

1. Se dispone de cámaras o áreas de almacenamiento adecuadas que permiten mantener, bajo la supervisión del inspector, las partidas detenidas a la espera de los resultados de laboratorio o de otras pruebas fitosanitarias. Las cámaras o áreas de almacenamiento podrán ser precintadas por el inspector de sanidad vegetal si así lo considera necesario.

2. Dispone, cuando es necesario, de un volumen de almacenamiento adecuado.

3. Si la forma de presentación del material vegetal (refrigerado o congelado) lo exige: cuenta con equipos para mantener y/o controlar la temperatura en el nivel apropiado en los locales de refrigeración, congelación, que permiten mantener la mercancía a las temperaturas exigidas, según el caso.

4. Las cámaras o áreas de almacenamiento pueden usarse para productos interceptados, siempre que se mantenga a la temperatura correspondiente, bajo la supervisión del inspector, que podrá precintar las mismas si así lo considera necesario.

F. Verificación de Documentación aportada en solicitud. Personal y Programa de control fitosanitario.

SÍ

NO

OBSERVACIONES

1. Se dispone de un técnico con cualificación académica igual, al menos, a la exigida a los inspectores fitosanitarios oficiales.

2. Se dispone de un Programa de control fitosanitario en vivero.

3. La instalación cuenta con Plan de limpieza.

RESULTADO DE LA VISITA: FAVORABLE

DESFAVORABLE PERÍODO DE SUBSANACIÓN

OBSERVACIONES:

* Registro Oficial de Productores, Comerciantes e Importadores de Vegetales (R.O.P.C.I.V.), o aquel que sea pertinente según la mercancía de la que se trate.

En ...................., a .......... de ..............

El Inspector de Sanidad Vegetal Por la empresa

Fdo.: Fdo.:

LISTA DE COMPROBACIÓN DE REQUISITOS PARA LA AUTORIZACIÓN DE PLANTA DESHIDRATADORA DE FORRAJE, PARA LA REALIZACIÓN DE INSPECCIÓN DE EXPORTACIÓN

PLANTA DESHIDRATADORA DE FORRAJE (NOMBRE, NÚMERO DE REGISTRO*, DIRECCIÓN, Y OTROS DATOS RELEVANTES)

FECHA DE VISITA:

A. Iluminación.

SÍ

NO

OBSERVACIONES

1. Los locales en los que los productos sean descargados, inspeccionados o almacenados, cuentan con una iluminación natural o artificial adecuada conforme a lo dispuesto en el RD 486/97, siendo el límite mínimo de 500 luxes.

2. Área de inspección con luz suficiente, preferentemente natural, y si es artificial que sea como mínimo de 1000 luxes conforme al RD 486/97.

B. Área de inspección.

SÍ

NO

OBSERVACIONES

1. Zona delimitada, libre de tráfico de mercancías y maquinaria, al menos durante el tiempo en el que se realice la inspección. Suficientemente alejada de cargas en altura susceptibles de precipitarse. La zona de inspección está protegida de las inclemencias meteorológicas.

2. La zona permite la correcta inspección, manipulación y movimiento del material vegetal a inspeccionar.

3. En el almacén o deshidratadora está correctamente señalado/separado la mercancía lista para conformación del envío y la que está pendiente de ser deshidratada.

4. El área de inspección cuenta con paredes, suelos y techos fáciles de limpiar, en su caso, así como con desagües.

C. Muelles de carga y descarga asociado al área de inspección.

SÍ

NO

OBSERVACIONES

1. Deberá contar con un sistema de doble puerta, cortina de viento u otro sistema similar, que evite cualquier posible contaminación fitosanitaria.

D. Equipamiento.

SÍ

NO

OBSERVACIONES

1. Medios para la descarga y movimiento de mercancía, por ejemplo, carretillas eléctricas, transpaletas….

2. Instrumental: tijeras, cuchillos para corte de flejes si procede, guantes de látex/nitrilo, envases pequeños para posibles muestras, batas, material de pesaje, etc.

3. Mesa/s o bancada para la inspección que permita la manipulación de muestras del material vegetal a inspeccionar.

4. Lupa de pie con luz incorporada. Según especificaciones establecidas por el Ministerio de Agricultura Pesca y Alimentación (mínimo de 3 a 5 dioptrías) y equipada con bombilla como mínimo de 20 W.

5. Lavamanos con agua fría y agua caliente, jabón y método higiénico de secado de manos.

E. Zona Administrativa.

SÍ

NO

OBSERVACIONES

1. Disponer de acceso a ordenador con acceso a internet, material de oficina/papelería, etc.

2. Disponer de acceso a impresora a color (en caso de que el inspector lo considere oportuno para el tratamiento de documentos).

F. Zona de Almacenamiento.

SÍ

NO

OBSERVACIONES

1. Se dispone de áreas de almacenamiento adecuadas que permiten mantener, bajo la supervisión del inspector, las partidas detenidas a la espera de los resultados de laboratorio o de otras investigaciones. Las cámaras o áreas de almacenamiento podrán ser precintadas por el inspector de sanidad vegetal si así lo considera necesario.

2. Dispone, cuando es necesario, de un volumen de almacenamiento adecuado.

3. Estas áreas pueden usarse para productos interceptados, siempre que se mantengan en las condiciones correspondientes, bajo la supervisión del inspector.

G. Verificación de Documentación aportada en solicitud. Personal y Programa de control fitosanitario.

SÍ

NO

OBSERVACIONES

1. Se dispone de un técnico con cualificación académica igual, al menos, a la exigida a los inspectores fitosanitarios oficiales.

2. Se dispone de un Programa de control fitosanitario en la instalación.

3. La instalación cuenta con Plan de limpieza.

RESULTADO DE LA VISITA: FAVORABLE

DESFAVORABLE PERÍODO DE SUBSANACIÓN

OBSERVACIONES:

* Código SILUM u otro registro aplicable.

En ...................., a .......... de ..............

El Inspector de Sanidad Vegetal Por la empresa

Fdo.: Fdo.:

LISTA DE COMPROBACIÓN DE REQUISITOS PARA LA AUTORIZACIÓN DE ASERRADERO O ALMACÉN DE ACOPIO DE MADERA, PARA LA REALIZACIÓN DE INSPECCIÓN DE EXPORTACIÓN

ASERRADERO (NOMBRE, NÚMERO DE REGISTRO*, DIRECCIÓN, Y OTROS DATOS RELEVANTES):

FECHA DE VISITA:

A. Iluminación.

SÍ

NO

OBSERVACIONES

1. Los locales en los que los productos sean descargados, inspeccionados o almacenados, cuentan con una iluminación natural o artificial adecuada conforme a lo dispuesto en el RD 486/97, siendo el límite mínimo de 500 luxes.

2. Área de inspección con luz suficiente, preferentemente natural, y si es artificial es como mínimo de 1000 luxes conforme al RD 486/97.

B. Área de inspección.

SÍ

NO

OBSERVACIONES

1. Separada y de dimensiones suficientes. La zona permite la correcta inspección, manipulación y movimiento del material vegetal a inspeccionar. La zona de acceso cuenta con dimensiones suficientes para permitir la entrada del material vegetal a inspeccionar. La zona de inspección está protegida de las inclemencias meteorológicas.

2. El área de inspección cuenta con paredes (en su caso), suelos y techos fáciles de limpiar, así como con desagües.

C. Muelles de carga y descarga asociado al área de inspección.

SÍ

NO

OBSERVACIONES

1. Cuenta con un sistema de doble puerta, cortina de viento u otro sistema similar en su caso, que evita cualquier posible contaminación fitosanitaria.

D. Equipamiento.

SÍ

NO

OBSERVACIONES

1. Cuenta con medios para la descarga y movimiento de mercancía, por ejemplo, carretillas eléctricas, transpaletas…

2. Mesa/s o bancada para la inspección que permite la manipulación de las muestras del material vegetal a inspeccionar.

3. Lupa con luz incorporada, con pie. Según especificaciones establecidas por el MAPA (mínimo de 3 a 5 dioptrías) y equipada con bombilla de, al menos, 20 W.

4. Material para la preparación de muestras (material de pesaje, botes, bolsas, material para identificación/etiquetado de muestras), así como, guantes, batas, etc.

5. Para la inspección de madera:

Instrumentos de corte: Barrena Pressler, hacha pequeña, sierra y taladro.

Medios de humedad: Higrómetro manual eléctrico.

Reactivos para pruebas en madera de roble con corteza.

6. Lavamanos con agua fría y agua caliente, jabón y método higiénico de secado de manos.

E. Zona Administrativa.

SÍ

NO

OBSERVACIONES

1. Disponer de acceso a ordenador con acceso a internet, material de oficina/papelería, etc.

2. Disponer de acceso a impresora a color (en caso de que el inspector lo considere oportuno para el tratamiento de documentos)

F. Zona de Almacenamiento.

SÍ

NO

OBSERVACIONES

1. Se dispone de áreas de almacenamiento adecuadas que permiten mantener, bajo la supervisión del inspector, las partidas detenidas a la espera de los resultados de laboratorio o de otras investigaciones. Las cámaras o áreas de almacenamiento podrán ser precintadas por el inspector de sanidad vegetal si así lo considera necesario.

2. Dispone, cuando es necesario, de un volumen de almacenamiento adecuado.

3. Estas áreas pueden usarse para productos interceptados, siempre que se mantengan en las condiciones correspondientes, bajo la supervisión del inspector.

G. Verificación de Documentación aportada en solicitud. Personal y Programa de control fitosanitario.

SÍ

NO

OBSERVACIONES

1. Se dispone de un técnico con cualificación académica igual, al menos, a la exigida a los inspectores de sanidad vegetal oficiales.

2. Se dispone de un Programa de control fitosanitario en la instalación.

3. La instalación cuenta con Plan de limpieza.

RESULTADO DE LA VISITA: FAVORABLE

DESFAVORABLE PERÍODO DE SUBSANACIÓN

OBSERVACIONES:

* Registro Oficial de Productores, Comerciantes e Importadores de Vegetales (R.O.P.C.I.V.), o aquél que sea pertinente según la mercancía de la que se trate.

En ...................., a .......... de ..............

El Inspector de Sanidad Vegetal Por la empresa

Fdo.: Fdo.:

LISTA DE COMPROBACIÓN DE REQUISITOS PARA LA AUTORIZACIÓN DE INSTALACIÓN FRIGORÍFICA PARA TRATAMIENTO DE FRÍO

1. COMPROBACIÓN DOCUMENTAL: (A cumplimentar por el inspector)

INSTALACIÓN FRIGORÍFICA PARA TRATAMIENTO DE FRÍO (NOMBRE, N.º DE REGISTRO SANITARIO Y DIRECCIÓN COMPLETA)

FECHA DE VISITA:

Punto de control:.

Conforme:

Observaciones:

1.1 Solicitud para la autorización de las cámaras cumplimentada, incluyendo firma y fecha.

SÍ

NO

1.2 Planos de la instalación.

SÍ

NO

1.3 Descripción detallada de la instalación que incluye gráfico y figuras de todo el equipamiento.

SÍ

NO

1.4 Croquis indicando:

a. Dimensiones.

SÍ

NO

b. Volumen/Capacidad.

SÍ

NO

c. Localización de puertas.

SÍ

NO

d. Localización de las unidades de refrigeración.

SÍ

NO

e. Localización de los ventiladores.

SÍ

NO

f. Localización de los registradores de temperatura.

SÍ

NO

g. Localización de los sensores.

SÍ

NO

h. Sistema de circulación de aire.

SÍ

NO

i. N.º de renovaciones de aire.

SÍ

NO

j. Dirección del aire.

SÍ

NO

1.5 Descripción del tipo de aislamiento utilizado en paredes, suelo y techo.

SÍ

NO

1.6 Descripción de la marca, modelo, tipo y capacidad de condensador y evaporador/circulación de aire.

SÍ

NO

1.7 Descripción del rango de temperatura del equipo.

SÍ

NO

1.8 Descripción del control del ciclo de descongelación.

SÍ

NO

1.9 Descripción de las especificaciones y los detalles de cualquier equipo integrado de registro de temperaturas.

SÍ

NO

2. COMPROBACIÓN DE SONDAS:

Punto de control:

Conforme:

Observaciones:

2.1 La instalación cuenta con el número mínimo de sondas exigible:

a. Al menos 1 sondas de aire.

SÍ

NO

b. Al menos 3 sondas de pulpa.

SÍ

NO

2.2 Localización de las sondas1:

a. Comprobación «in situ» del plano de localización de sondas.

SÍ

NO

b. Cuenta con longitud suficiente de cable que permita la correcta situación en el tratamiento.

SÍ

NO

2.3 Características de las sondas:

a. Los sensores tienen una precisión de ±0.15 ºC en el intervalo de -3.0 ºC y +3.0 ºC.

SÍ

NO

b. Los registradores tienen el mismo grado de precisión que los sensores.

SÍ

NO

c. Los registradores son capaces de alojar el número necesario de sondas.

SÍ

NO

d. Los sensores están conectados a un ordenador que puede registrar lecturas en intervalos de 1 hora.

SÍ

NO

e. Los ordenadores son capaces de elaborar una lista impresa que identifique cada sensor, tiempo y temperatura, así como el código de la cámara correspondiente.

SÍ

NO

f. Los registradores de temperatura son capaces de registrar y almacenar datos durante el periodo del tratamiento, más el tiempo necesario hasta que los datos puedan ser examinados por el MAPA o por el personal autorizado por el MAPA.

SÍ

NO

2.4 Comprobación de lectura.

a. La lectura de los sensores es directa en la pantalla del ordenador y el sistema de grabación.

SÍ

NO

1 En el momento de la inspección de homologación no habrá mercancía en la cámara. Por tanto, durante la inspección se comprobará que todas las sondas disponen de los elementos necesarios para poder instalarse en los lugares establecidos para realizar el tratamiento de frío.

3. COMPROBACIÓN DE CÁMARAS:

Punto de control:

Conforme:

Observaciones:

3.1 Las cámaras están limpias, sin restos ni olores de otras mercancías.

SÍ

NO

3.2 La cámara frigorífica cumple los estándares apropiados y está equipada con los equipos de refrigeración capaces de lograr y mantener la fruta a la temperatura requerida.

SÍ

NO

3.3 La cámara frigorífica tiene la capacidad suficiente para realizar el tratamiento como mínimo de un contenedor, dejando espacio suficiente entre palets para la circulación del aire y ubicación de sensores.

SÍ

NO

3.4 Existe posibilidad de que las cámaras de frío sean precintadas, en caso y forma necesaria.

SÍ

NO

4. OTRAS CONSÍDERACIONES:

Punto de control:

Conforme:

Observaciones:

4.1 La instalación frigorífica se encuentra ligada a un almacén autorizado *.

SÍ

NO

*En caso de no encontrarse asociada a un almacén autorizado, deberá solicitarse y autorizarse la zona de inspección según este real decreto.

Por lo tanto, la instalación CUMPLE / NO CUMPLE/PERÍODO DE SUBSANACIÓN con los requisitos necesarios para ser autorizada y poder realizar el tratamiento de frío (C.T) correspondiente.

OBSERVACIONES GENERALES:

Nombre del inspector :...................................................

El Operador: .............................................

Firma y fecha: ...............................................................

Firma y fecha:...........................................

LISTA DE COMPROBACIÓN DE REQUISITOS PARA LA AUTORIZACIÓN DE INSTALACIONES SÍTUADAS BAJO CONTROL ADUANERO, DENTRO DE RECINTO ADUANERO O ASOCIADAS AL MISMO, PARA LA REALIZACIÓN DE LA INSPECCIÓN FITOSANITARIA

INSTALACIÓN (NOMBRE, REGISTRO*, DIRECCIÓN, Y OTROS DATOS RELEVANTES):

FECHA DE VISITA:

A. Iluminación.

SÍ

NO

OBSERVACIONES

1. Los locales en los que los productos sean descargados, inspeccionados o almacenados, cuentan con una iluminación natural o artificial adecuada conforme a lo dispuesto en el RD 486/97, siendo el límite mínimo de 500 luxes.

2. Área de inspección con luz suficiente, preferentemente natural, y si es artificial que sea como mínimo de 1000 luxes conforme al RD 486/97.

B. Área de inspección.

SÍ

NO

OBSERVACIONES

1. Aislada y de dimensiones suficientes (mínima de 25 m2). La zona permite la correcta inspección, manipulación y movimiento de la muestra vegetal a inspeccionar. La zona de acceso tiene las dimensiones suficientes para permitir la entrada del material vegetal a inspeccionar.

2. El área de inspección cuenta con paredes, suelos y techos fáciles de limpiar, así como con desagües.

C. Muelles de carga y descarga asociado al área de inspección.

SÍ

NO

OBSERVACIONES

1. Cuenta con un sistema de doble puerta, cortina de viento o sistema similar, que evita cualquier posible contaminación fitosanitaria.

D. Equipamiento.

SÍ

NO

OBSERVACIONES

1. Cuenta con medios suficientes para el movimiento de mercancía, por ejemplo, carretillas eléctricas, transpaletas, que permitan la carga de la mercancía en el menor tiempo posible para evitar cualquier rotura de la cadena de frío.

2. Mesa inclinada de inspección que cumpla las características adecuadas para tal fin. (Metálica o de madera con tablero forrado blanco, cuyas medidas aproximadas sean: lado superior 60 cm de ancho y extremo inferior de 33 cm de ancho, una longitud de 130 cm, altura del extremo superior de 105 cm y extremo inferior de 87 cm o características similares).

3. Mesa alta para la manipulación de las muestras del material vegetal a inspeccionar, según especificaciones establecidas por el MAPA (mínimo de 900 mm para trabajo de pie y 720 mm con asiento para trabajo sentado).

4. Lupa con luz incorporada, con pie, según especificaciones establecidas por el MAPA (mínimo de 3 a 5 dioptrías), equipada con bombilla de un mínimo de 20 W.

5. Material de laboratorio (cuchillos, papel secante, lancetas, bisturí, tijeras, bandeja de plástico blancas, pincel, material de pesaje…) necesario para realizar la inspección según el material vegetal, así como guantes, batas, etc.

6. Material para la preparación de muestras (botes, bolsas, material para identificación/etiquetado de muestras)

7. Lavamanos con agua fría y agua caliente, jabón y método higiénico de secado de manos.

E. Zona Administrativa.

SÍ

NO

OBSERVACIONES

1. Disponer de acceso a ordenador con acceso a internet, material de oficina/papelería, etc.

2. Disponer de acceso a impresora a color (en caso de que el inspector lo considere oportuno para el tratamiento de documentos)

F. Zona de Almacenamiento.

SÍ

NO

OBSERVACIONES

1. Se dispone de cámaras o áreas de almacenamiento adecuadas que permiten mantener, bajo la supervisión del inspector, las partidas detenidas a la espera de los resultados de laboratorio o de otras pruebas fitosanitarias. Las cámaras o áreas de almacenamiento podrán ser precintadas por el inspector de sanidad vegetal si así lo considera necesario.

2. Dispone, cuando es necesario, de un volumen de almacenamiento adecuado.

3. Cuenta con cámaras frigoríficas que permiten mantener la mercancía a las temperaturas en la pulpa exigidas, según el caso (pre-enfriado, congelación, etc.).

4. Las cámaras pueden usarse para productos interceptados, siempre que se mantengan a la temperatura correspondiente, bajo la supervisión del inspector, que podrá precintar las mismas si así lo considera necesario.

5. Las instalaciones para tratamiento de frío para exportación están autorizadas en el caso de existir instalaciones frigoríficas en el almacén con este objetivo.

G. Verificación de Documentación aportada en solicitud. Personal y Programa de control fitosanitario.

SÍ

NO

OBSERVACIONES

1. Se dispone de un técnico con cualificación académica igual, al menos, a la exigida a los inspectores del S.I.S.V.F.

2. Se dispone de un Programa de control fitosanitario en instalación.

3. La instalación cuenta con Plan de limpieza.

RESULTADO DE LA VISITA: FAVORABLE

DESFAVORABLE PERÍODO DE SUBSANACIÓN

OBSERVACIONES:

* Registro sanitario, Registro Oficial de Productores, Comerciantes e Importadores de Vegetales (R.O.P.C.I.V.), o aquél que sea pertinente según la mercancía de la que se trate.

En ...................., a .......... de .............CC.

El Inspector de Sanidad Vegetal Por la empresa

Fdo.: Fdo.:

Parte B

Solicitud para la autorización de la instalación, para llevar a cabo la inspección en almacenes de confección de frutas y hortalizas, viveros, plantas deshidratadoras de forraje, aserraderos o almacenes de acopio de madera, e instalaciones en recinto aduanero o asociadas al mismo

MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN

A la Atención del Director General de Sanidad de la Producción Agraria

(A cumplimentar por la persona solicitante solicitante)

Datos identificativos de la instalación:

Operador:

N.º Registro aplicable (sanitario, etc.):

Dirección:

Teléfono:

Correo electrónico:

Técnico responsable:

Documentos que compondrán la memoria que debe acompañar a esta solicitud:

1. Indicación de productos, orígenes y destinos.

2. Dirección de cada almacén (en caso de varias ubicaciones físicas con el mismo registro).

3. Descripción detallada de la instalación que incluya gráfico.

4. Croquis indicando:

a) Dimensiones.

b) Volumen y capacidad.

c) Entradas y Salidas de los vegetales y productos vegetales.

d) Muelle de carga.

e) Situación cámaras (en su caso).

f) Zona de laboratorio.

g) Zona administrativa.

5. Planos de la instalación a autorizar.

6. Designación de un técnico responsable con indicación de titulación.

7. Programa de control fitosanitario en el almacén.

8. Datos de contacto: teléfono y correo electrónico del técnico responsable.

9. Informe justificativo de cumplimiento de la normativa vigente de seguridad y salud en los lugares de trabajo.

Fecha y firma de la persona solicitante

Información sobre datos de carácter personal

El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación mantiene un compromiso de cumplimiento de la legislación vigente en materia de tratamiento de datos personales y seguridad de la información con el objeto de garantizar que la recogida y tratamiento de los datos facilitados se realiza conforme al Reglamento (UE) 2016/679 General de Protección de Datos (RGPD) y de la normativa nacional vigente en la materia. Por este motivo, le ofrecemos a continuación información sobre la política de protección de datos aplicada al tratamiento de los datos de carácter personal derivado de las solicitudes de autorización de la instalación, para llevar a cabo la inspección en almacenes de confección de frutas y hortalizas, viveros, plantas deshidratadoras de forraje, aserraderos o almacenes de acopio de madera, e instalaciones en recinto aduanero o asociadas al mismo, en el ámbito de la Dirección General de Sanidad de la Producción Agraria.

1. Responsable del tratamiento: Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación.

Dirección General de Sanidad de la Producción Agraria (Bzn-dgspa@mapa.es)

Delegado de Protección de datos: bzn-delegadosPD@mapama.es

2. Finalidad del tratamiento: los datos personales incorporados serán utilizados exclusivamente para gestionar las solicitudes de autorización de la instalación, para llevar a cabo la inspección en almacenes de confección de frutas y hortalizas, viveros, plantas deshidratadoras de forraje, aserraderos o almacenes de acopio de madera, e instalaciones en recinto aduanero o asociadas al mismo, y se conservarán mientras la legislación aplicable obligue a su conservación (Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español).

3. Legitimación del tratamiento: el tratamiento es necesario, para el cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos conferidos al responsable del tratamiento y para el cumplimiento de una obligación legal aplicable al responsable del tratamiento de acuerdo con el Reglamento (UE) 2016/2031, de 26 de octubre de 2016, relativo a las medidas de protección contra las plagas de los vegetales, el Reglamento (UE) 2017/625 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 15 de marzo de 2017, relativo a los controles y otras actividades oficiales, y la Ley 43/2002, de 20 de noviembre, de sanidad vegetal.

4. Destinatarios de los datos: no se llevan a cabo cesiones de datos ni transferencias internacionales de datos, salvo las previstas legalmente (otros Ministerios u organismos dependientes de los mismos, como la Agencia Estatal de Administración Tributaria o el Instituto Nacional de la Seguridad Social, comunidades autónomas, Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, y autoridades judiciales).

5. Derechos sobre el tratamiento de datos: conforme a lo previsto en el RGPD podrá solicitar al Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, a través de su sede electrónica (https://sede.mapa.gob.es/), el acceso, rectificación y supresión de sus datos personales, la limitación y oposición al tratamiento de sus datos y a no ser objeto de decisiones automatizadas. Asimismo, si considera vulnerados sus derechos, podrá presentar una reclamación de tutela ante la Agencia Española de Protección de Datos (https://sedeagpd.gob.es/).

SOLICITUD PARA LA AUTORIZACIÓN DE CÁMARAS FRIGORÍFICAS PARA LA REALIZACIÓN DE TRATAMIENTOS DE FRÍO EN ORIGEN

MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN

A la Atención del Director General de Sanidad de la Producción Agraria

(A cumplimentar por la persona solicitante)

Datos identificativos de la instalación frigorífica:

Operador:

N.º Registro sanitario:

Dirección:

Teléfono:

Correo electrónico:

Volumen de la cámara (m3):

Técnico responsable:

Documentos que compondrán la memoria que debe acompañar a esta solicitud:

1. Indicación de productos, orígenes y destinos.

2. Planos de la instalación.

3. Descripción detallada de la instalación que incluye gráfico y figuras de todo el equipamiento.

4. Croquis indicando:

a) Dimensiones.

b) Volumen/Capacidad.

c) Localización de las puertas.

d) Localización de las unidades de refrigeración.

e) Localización de los ventiladores.

f) Localización de los registradores de temperatura.

g) Localización de los sensores.

h) Sistema de circulación de aire.

i) N.º de renovaciones de aire.

j) Dirección del aire.

5. Tipo de aislamiento utilizado en paredes, suelo y techos.

6. Marca, modelo, tipo y capacidad del condensador y evaporador/circulación de aire.

7. Rango de temperatura del equipo, control del ciclo de descongelación y especificaciones y detalles de cualquier equipo integrado de registro de temperaturas.

8. Número de Sensores en la cámara frigorífica:

– N.º sensores aire.

– N.º sensores pulpa.

– Total n.º sensores.

9. Autorización del almacén al que se encuentra ligada la instalación.

10. Planos de la Zona de Inspección a autorizar (en el caso de no encontrarse ligado a un almacén autorizado)

11. Designación de un técnico responsable con indicación de titulación

12. Programa de control fitosanitario en la instalación.

13. Datos de contacto: teléfono y correo electrónico del técnico responsable.

14. Informe justificativo de cumplimiento de la normativa vigente de seguridad y salud en los lugares de trabajo.

Fecha y firma de la persona solicitante

Información sobre datos de carácter personal

El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación mantiene un compromiso de cumplimiento de la legislación vigente en materia de tratamiento de datos personales y seguridad de la información con el objeto de garantizar que la recogida y tratamiento de los datos facilitados se realiza conforme al Reglamento (UE) 2016/679 General de Protección de Datos (RGPD) y de la normativa nacional vigente en la materia. Por este motivo, le ofrecemos a continuación información sobre la política de protección de datos aplicada al tratamiento de los datos de carácter personal derivado de las solicitudes de autorización de cámaras frigoríficas para la realización de tratamientos de frío en origen, en el ámbito de la Dirección General de Sanidad de la Producción Agraria.

1. Responsable del tratamiento: Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación.

Dirección General de Sanidad de la Producción Agraria (Bzn-dgspa@mapa.es)

Delegado de Protección de datos: bzn-delegadosPD@mapama.es

2. Finalidad del tratamiento: los datos personales incorporados serán utilizados exclusivamente para gestionar las solicitudes de autorización de cámaras frigoríficas para la realización de tratamientos de frío en origen, y se conservarán mientras la legislación aplicable obligue a su conservación (Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español).

3. Legitimación del tratamiento: el tratamiento es necesario para el cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos conferidos al responsable del tratamiento y para el cumplimiento de una obligación legal aplicable al responsable del tratamiento de acuerdo con el Reglamento (UE) 2016/2031, de 26 de octubre de 2016, relativo a las medidas de protección contra las plagas de los vegetales, el Reglamento (UE) 2017/625 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 15 de marzo de 2017, relativo a los controles y otras actividades oficiales, y la Ley 43/2002, de 20 de noviembre, de sanidad vegetal.

4. Destinatarios de los datos: no se llevan a cabo cesiones de datos ni transferencias internacionales de datos, salvo las previstas legalmente (otros Ministerios u organismos dependientes de los mismos, como la Agencia Estatal de Administración Tributaria o el Instituto Nacional de la Seguridad Social, comunidades autónomas, Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, y autoridades judiciales).

5. Derechos sobre el tratamiento de datos: conforme a lo previsto en el RGPD podrá solicitar al Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, a través de su sede electrónica (https://sede.mapa.gob.es/), el acceso, rectificación y supresión de sus datos personales, la limitación y oposición al tratamiento de sus datos y a no ser objeto de decisiones automatizadas. Asimismo, si considera vulnerados sus derechos, podrá presentar una reclamación de tutela ante la Agencia Española de Protección de Datos (https://sedeagpd.gob.es/).

Parte C

Informe para la autorización de la instalación para llevar a cabo la inspección fitosanitaria

Tipo de instalación: (indicar el tipo de instalación según artículo 26 y 32).

La empresa …..................................................................................................……….., situada en …..........................................................…….....… y con N.I.F. …....……………, ha solicitado la autorización de efectuar las inspecciones fitosanitarias en sus instalaciones.

El pasado…(fecha)………………….. se realizó una visita para llevar a cabo las comprobaciones establecidas en el Real Decreto 387/2021, de 1 de junio, por el que se regula el régimen de certificación fitosanitaria oficial para la exportación de vegetales y productos vegetales.

Se ha comprobado que:

a) Se cumplen todos los requisitos marcados en la lista de comprobación.

b) La instalación cuenta con áreas adecuadas, y con instrumental necesario para llevar a cabo la inspección fitosanitaria.

c) Dispone de un técnico con cualificación igual, al menos, a la exigida a los inspectores del S.I.S.V.F.

d) Los muelles de descarga para la recepción de mercancía son independientes de los muelles de carga de producto finalizado, así como las cámaras frigoríficas y/o de almacenamiento están diferenciadas, evitando un cruce de mercancías, y una posible contaminación del producto finalizado.

e) Se realizan estrictos controles de almacén en temas fitosanitarios.

Por lo que, el resultado de la inspección para verificar el cumplimiento de los requisitos para su autorización es FAVORABLE/DESFAVORABLE/SUBSANACIÓN

En ……..........…., a …………………..

Fdo.: ………………..............

INSPECTOR DE SANIDAD VEGETAL

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