LexTotal

Legislación › Ley 2/2021, de 21 de mayo, de defensa, asistencia jurídica y comparecencia en juicio de la administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

Artículo 8. Notificaciones, citaciones, emplazamientos y demás actos de comunicación procesal.

Artículo 8. Notificaciones, citaciones, emplazamientos y demás actos de comunicación procesal.

1. En los procesos seguidos ante cualquier jurisdicción en que sean parte la Junta de Extremadura y sus organismos públicos dependientes, salvo que las normas procesales dispongan otra cosa, las notificaciones, citaciones, emplazamientos y demás actos de comunicación procesal se entenderán directamente con los letrados de la Junta de Extremadura en las sedes oficiales y cuentas de correo electrónico acreditadas a tal efecto de la Abogacía General.

2. Cuando los entes públicos, entes consorciados fundaciones públicas o instituciones afines de la Administración de la Comunidad Autónoma sean, en virtud del oportuno convenio, representados y defendidos por los letrados de la Junta de Extremadura se aplicará igualmente lo dispuesto en el apartado anterior.

3. Serán nulas las notificaciones, citaciones, emplazamientos y demás actos de comunicación procesal que no se practiquen con arreglo a lo dispuesto en este artículo.

← Artículo 7 Índice Artículo 9 →