Legislación › Ley 4/2021, de 1 de julio, de Caza y de Gestión Sostenible de los Recursos Cinegéticos de Castilla y León.
Disposición adicional quinta. Técnicos competentes.
Disposición adicional quinta. Técnicos competentes.
Las referencias incluidas en esta ley a técnicos competentes se entenderán hechas a técnicos con titulación universitaria que sean competentes en las materias que se desarrollan en su contenido, ya sea porque las mismas estuvieran incluidas en el plan de estudios correspondiente a su titulación o en cursos de postgrado reconocidos oficialmente por la autoridad educativa.
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