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Ley 4/2021, de 1 de julio, de Caza y de Gestión Sostenible de los Recursos Cinegéticos de Castilla y León.

En vigor Comunidad de Castilla y León · Publicada el 20 de julio de 2021 · Último cambio el 14 de mayo de 2024 · Ver en el BOE

Índice

  1. [preambulo]
  2. TÍTULO I
  3. Artículo 1. Objeto y finalidad.
  4. Artículo 2. Principios generales.
  5. Artículo 3. Derechos y deberes.
  6. Artículo 4. Compatibilidad con otras actividades.
  7. Artículo 5. Competencias administrativas.
  8. TÍTULO II
  9. Artículo 6. Especies cinegéticas.
  10. Artículo 7. Especies cinegéticas de atención preferente.
  11. Artículo 8. Piezas de caza.
  12. Artículo 9. Propiedad de las piezas de caza.
  13. Artículo 10. Piezas de caza en cautividad.
  14. Artículo 11. Daños producidos por las piezas de caza.
  15. TÍTULO III
  16. Artículo 12. Concepto y requisitos.
  17. Artículo 13. Licencia de caza.
  18. Artículo 14. Examen del cazador.
  19. Artículo 15. Daños producidos por los cazadores.
  20. TÍTULO IV
  21. CAPÍTULO I
  22. Artículo 16. Clasificación de los terrenos a efectos cinegéticos.
  23. CAPÍTULO II
  24. Artículo 17. Reservas regionales de caza.
  25. Artículo 18. Ampliación, reducción o extinción.
  26. Artículo 19. Junta Consultiva.
  27. Artículo 20. Asociaciones de propietarios.
  28. Artículo 21. Fondo de gestión.
  29. CAPÍTULO III
  30. Artículo 22. Cotos de caza.
  31. Artículo 23. Requisitos para la constitución.
  32. Artículo 24. Procedimiento de constitución.
  33. Artículo 25. Efectos del acotamiento. 2 redacciones · cambió el 14/05/2024
  34. Artículo 26. Ampliación, reducción, extinción y cambio de titularidad. 2 redacciones · cambió el 14/05/2024
  35. Artículo 27. Renovación.
  36. Artículo 28. Registro de Cotos de Caza de Castilla y León.
  37. CAPÍTULO IV
  38. Artículo 29. Terrenos no cinegéticos.
  39. Artículo 30. Zonas de seguridad. 2 redacciones · cambió el 14/05/2024
  40. Artículo 31. Vedados.
  41. TÍTULO V
  42. CAPÍTULO I
  43. Artículo 32. Medios de caza.
  44. Artículo 33. Armas y municiones.
  45. Artículo 34. Dispositivos auxiliares.
  46. Artículo 35. Utilización de perros.
  47. Artículo 36. Utilización de aves de cetrería y hurones.
  48. CAPÍTULO II
  49. Artículo 37. Modalidades de caza.
  50. Artículo 38. Normas para las modalidades de caza mayor. 2 redacciones · cambió el 15/08/2022
  51. Artículo 39. Normas para las modalidades de caza menor.
  52. CAPÍTULO III
  53. Artículo 40. Medidas de seguridad.
  54. TÍTULO VI
  55. Artículo 41. Planificación cinegética.
  56. Artículo 42. Instrumentos de planificación cinegética.
  57. Artículo 43. Planes cinegéticos de los cotos de caza.
  58. Artículo 44. Planes cinegéticos de las reservas regionales de caza.
  59. Artículo 45. Estrategia de la Caza de Castilla y León.
  60. Artículo 46. Planes territoriales de recursos cinegéticos.
  61. Artículo 47. Planes de gestión de especies cinegéticas.
  62. TÍTULO VII
  63. CAPÍTULO I
  64. Artículo 48. Limitación de los periodos hábiles de caza.
  65. Artículo 49. Cupos de extracción.
  66. Artículo 50. Otras medidas de protección generales.
  67. Artículo 51. Medidas de protección para determinadas especies.
  68. Artículo 52. Autorizaciones excepcionales.
  69. Artículo 53. Repoblaciones cinegéticas.
  70. Artículo 54. Protección de la pureza genética.
  71. CAPÍTULO II
  72. Artículo 55. Conservación y mejora del hábitat cinegético.
  73. Artículo 56. Zonas de reserva.
  74. Artículo 57. Cerramientos.
  75. CAPÍTULO III
  76. Artículo 58. Enfermedades y epizootias.
  77. CAPÍTULO IV
  78. Artículo 59. Censos, estadísticas y estudios.
  79. Artículo 60. Sistema de seguimiento de las poblaciones cinegéticas.
  80. Artículo 61. Anillamiento de especies cinegéticas.
  81. Artículo 62. Entidades colaboradoras.
  82. Artículo 63. Cotos colaboradores.
  83. Artículo 64. Cazadores colaboradores.
  84. Artículo 65. Registro de capturas.
  85. Artículo 66. Seguimiento de la ejecución del plan cinegético.
  86. CAPÍTULO V
  87. Artículo 67. Divulgación y sensibilización en materia de caza.
  88. Artículo 68. Competiciones y exhibiciones.
  89. TÍTULO VIII
  90. Artículo 69. Control poblacional de especies cinegéticas. 2 redacciones · cambió el 14/05/2024
  91. Artículo 70. Control de especies cinegéticas predadoras.
  92. Artículo 71. Emergencias cinegéticas.
  93. TÍTULO IX
  94. Artículo 72. Granjas cinegéticas.
  95. Artículo 73. Caza intensiva.
  96. Artículo 74. Especies cinegéticas comercializables.
  97. Artículo 75. Transporte y comercialización de piezas de caza muertas.
  98. Artículo 76. Transporte y suelta de piezas de caza vivas. 2 redacciones · cambió el 14/05/2024
  99. TÍTULO X
  100. CAPÍTULO I
  101. Artículo 77. Órganos consultivos y asesores en materia de recursos cinegéticos.
  102. Artículo 78. Comisión Científica de la Caza.
  103. Artículo 79. Comisión Autonómica de Homologación de Trofeos de Caza de Castilla y León.
  104. CAPÍTULO II
  105. Artículo 80. Agentes de vigilancia e inspección.
  106. Artículo 81. Vigilancia de los cotos de caza.
  107. Artículo 82. Acciones de caza por el personal de vigilancia.
  108. TÍTULO XI
  109. CAPÍTULO I
  110. Artículo 83. Infracciones muy graves.
  111. Artículo 84. Infracciones graves. 2 redacciones · cambió el 14/05/2024
  112. Artículo 85. Infracciones leves.
  113. Artículo 86. Prescripción de infracciones y sanciones.
  114. CAPÍTULO II
  115. Artículo 87. Competencia y procedimiento.
  116. CAPÍTULO III
  117. Artículo 88. Decomisos.
  118. Artículo 89. Multas coercitivas.
  119. Artículo 90. Responsabilidad penal.
  120. CAPÍTULO IV
  121. Artículo 91. Sanciones.
  122. Artículo 92. Graduación de las sanciones.
  123. CAPÍTULO V
  124. Artículo 93. Percepción y destino.
  125. Artículo 94. Valoración de las piezas de caza.
  126. Disposición adicional primera. Financiación.
  127. Disposición adicional segunda. Licencias de caza interautonómicas.
  128. Disposición adicional tercera. Tramitación de procedimientos establecidos en la ley.
  129. Disposición adicional cuarta. Terrenos cinegéticos existentes.
  130. Disposición adicional quinta. Técnicos competentes.
  131. Disposición adicional sexta. Actualización de sanciones y valores de las piezas de caza.
  132. Disposición adicional séptima. No aplicación de la Ley 1/1970, de 4 de abril, de caza, y el Reglamento para su ejecución.
  133. Disposición adicional octava. Aprobación de la Estrategia de la Caza de Castilla y León.
  134. Disposición adicional novena. Cambio de denominación de la Comisión Regional de Homologación de Trofeos de Caza de Castilla y León.
  135. Disposición transitoria primera. Procedimientos en tramitación.
  136. Disposición transitoria segunda. Actividades autorizadas.
  137. Disposición transitoria tercera. Clases de licencia de caza.
  138. Disposición transitoria cuarta. Juntas Consultivas de las Reservas Regionales de Caza.
  139. Disposición transitoria quinta. Correo electrónico de notificaciones y comunicaciones.
  140. Disposición transitoria sexta. Identificación de manchas.
  141. Disposición derogatoria única.
  142. Disposición final primera. Desarrollo normativo.
  143. Disposición final segunda. Entrada en vigor.
  144. Firma
  145. ANEXO I
  146. ANEXO II
  147. ANEXO III
  148. ANEXO IV