LexTotal

Legislación › Real Decreto 640/2021, de 27 de julio, de creación, reconocimiento y autorización de universidades y centros universitarios, y acreditación institucional de centros universitarios.

Disposición final segunda. Habilitación normativa.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 17 de agosto de 2021 y la del 28 de octubre de 2025. Tachado: lo que se quitó (0 palabras). Subrayado: lo que se añadió (3 palabras). Volver al texto en vigor

Disposición final segunda. Habilitación normativa.
Se faculta a la persona titular del Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades para dictar, en el ámbito de sus competencias, cuantas disposiciones requiera el desarrollo y ejecución de lo dispuesto en este real decreto.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
28 de octubre de 2025 En vigor BOE-A-2025-20002 Leer Qué cambió
17 de agosto de 2021 Texto original Leer

← Disposición final primera Índice Disposición final tercera →