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Legislación › Ley 5/2021, de 29 de junio, de Organización y Régimen Jurídico del Sector Público Autonómico de Aragón.

Artículo 120. Régimen jurídico.

Artículo 120. Régimen jurídico.

Las sociedades mercantiles autonómicas se regirán por lo previsto en esta ley, en la normativa de hacienda, de patrimonio, presupuestaria, contable, de personal, de control económico-financiero y de contratación que les sea de aplicación, y por el ordenamiento jurídico privado. En ningún caso podrán disponer de facultades que impliquen el ejercicio de autoridad pública.

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