Legislación › Ley 5/2021, de 29 de junio, de Organización y Régimen Jurídico del Sector Público Autonómico de Aragón.
Artículo 73. Los servicios.
Artículo 73. Los servicios.
Además de los órganos a los que se refieren los artículos anteriores, existirán servicios en la organización central y podrán existir servicios provinciales en la organización periférica.


