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Legislación › Ley 4/2021, de 27 de julio, de Infancia y Adolescencia de Andalucía.

Artículo 126. Trato preferente para las niñas, niños y adolescentes con medida de protección.

Artículo 126. Trato preferente para las niñas, niños y adolescentes con medida de protección.

La Administración de la Junta de Andalucía, a través de su ámbito competencial, deberá ofrecer los recursos y servicios de forma preferente a las niñas, niños y adolescentes con medida de protección en Andalucía.

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