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Legislación › Ley 4/2021, de 27 de julio, de Infancia y Adolescencia de Andalucía.

Disposición transitoria única. Régimen transitorio de los procedimientos y vigencia del desarrollo reglamentario.

Disposición transitoria única. Régimen transitorio de los procedimientos y vigencia del desarrollo reglamentario.

1. Los procedimientos administrativos iniciados con anterioridad a la entrada en vigor de esta ley se regirán por la normativa vigente en el momento de su inicio.

2. Las disposiciones reglamentarias aprobadas en desarrollo de la Ley 1/1998, de 20 de abril, continuarán en vigor en lo que no se oponga esta ley hasta la entrada en vigor del nuevo desarrollo reglamentario.

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