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Legislación › Ley 3/2021, de 30 de junio, de Garantía de Derechos y Prestaciones Vitales.

Artículo 3. Definición del Sistema Asturiano de Garantía de Derechos y Prestaciones Vitales.

Artículo 3. Definición del Sistema Asturiano de Garantía de Derechos y Prestaciones Vitales.

El Sistema Asturiano de Garantía de Derechos y Prestaciones Vitales se configura como el conjunto ordenado e integrado de las prestaciones que tienen por finalidad procurar tanto la cobertura económica de las necesidades vitales como la aplicación de medidas de incorporación social y laboral en condiciones de igualdad en todo el territorio del Principado de Asturias.

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