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Legislación › Ley 3/2021, de 30 de junio, de Garantía de Derechos y Prestaciones Vitales.

Artículo 47. Definición.

Artículo 47. Definición.

1. Las medidas de incorporación social y laboral son servicios consistentes en apoyos personalizados y programas integrales que favorezcan la incorporación e inserción social y laboral de las personas y colectivos en riesgo de exclusión.

2. Las medidas para favorecer la incorporación social y laboral se desarrollarán reglamentariamente mediante:

a) Programas personalizados de incorporación social y laboral.

b) Proyectos de inclusión social y laboral.

c) Plan autonómico de inclusión social.

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