Legislación › Decreto-ley 3/2021, de 3 de marzo, de medidas urgentes para la modernización de la Administración Pública y para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
Artículo 6. Rendición de cuentas a la Asamblea de Extremadura.
Artículo 6. Rendición de cuentas a la Asamblea de Extremadura.
Al menos una vez al semestre, la consejería competente en materia de fondos europeos deberá informar a la Asamblea de Extremadura sobre la situación de la programación y/o ejecución de los distintos fondos europeos de su competencia.


