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Legislación › Ley 4/2021, de 2 de agosto, para la agilización administrativa y la planificación, gestión y control de los fondos procedentes del instrumento europeo de recuperación denominado «Next Generation EU», en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Canarias.

Artículo 10. Instrucciones de gestión.

Artículo 10. Instrucciones de gestión.

1. El Comité Director de Planes y Proyectos establecerá orientaciones y recomendaciones comunes para la implementación de las acciones contenidas en el instrumento de planificación estratégica contemplado en el artículo anterior, en los ámbitos siguientes:

a) Implementación de buenas prácticas, recomendaciones o modelos.

b) Adopción de medidas para la comunicación de datos e información.

c) Convocatoria de grupos técnicos de trabajo.

d) Medidas de formación.

e) Establecimientos de objetivos o indicadores para la evaluación de los progresos y avances de los proyectos financiados con fondos «Next Generation EU».

2. Las personas titulares de las secretarías generales técnicas y las personas titulares de los órganos y organismos responsables de la ejecución de los proyectos financiados con fondos «Next Generation EU», en su ámbito de competencias, dictarán las instrucciones oportunas para la adopción de las recomendaciones, orientaciones o modelos tipo aprobados de acuerdo con lo establecido en el apartado anterior, así como cualesquiera otras que estimen oportuno para la mejor gestión, en particular en estos ámbitos:

a) Prioridades de tareas o acciones.

b) Designación de unidades responsables de liderar acciones o proyectos.

c) Reorganización de medios y recursos.

d) Creación de grupos de trabajo o equipos para la realización de encargos.

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