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Ley 4/2021, de 2 de agosto, para la agilización administrativa y la planificación, gestión y control de los fondos procedentes del instrumento europeo de recuperación denominado «Next Generation EU», en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Canarias.

En vigor Comunidad Autónoma de Canarias · Publicada el 27 de agosto de 2021 · Último cambio el 22 de abril de 2025 · Ver en el BOE

Índice

  1. [preambulo]
  2. TÍTULO I
  3. Artículo 1. Objeto y finalidad.
  4. Artículo 2. Ámbito de aplicación.
  5. TÍTULO II
  6. CAPÍTULO I
  7. Artículo 3. Comisión de Planificación y Gobernanza de los fondos «Next Generation EU».
  8. Artículo 4. Comité Director de Planes y Proyectos.
  9. Artículo 5. Autoridad responsable de los proyectos financiados con fondos «Next Generation EU».
  10. Artículo 6. Control de los proyectos financiados con fondos «Next Generation EU».
  11. Artículo 7. Rendición de cuentas al Gobierno y al Parlamento.
  12. Artículo 8. Obligaciones en materia de transparencia.
  13. CAPÍTULO II
  14. Artículo 9. Instrumentos de planificación estratégica para la gestión.
  15. Artículo 10. Instrucciones de gestión.
  16. TÍTULO III
  17. Artículo 11. Organización de los recursos.
  18. Artículo 12. Gestión de personas.
  19. Artículo 13. Unidades administrativas de carácter provisional.
  20. Artículo 14. Ordenación de los recursos humanos en los departamentos, órganos y organismos responsables de la gestión de los proyectos financiados con cargo a los fondos de los planes «Next Generation EU».
  21. Artículo 15. Nombramiento de personal estatutario de carácter temporal, personal funcionario interino y contratación de personal laboral con contratos de duración determinada.
  22. Artículo 16. Atribución temporal de funciones.
  23. Artículo 17. Personal directivo vinculado a programas y proyectos para la gestión de fondos europeos. 2 redacciones · cambió el 30/12/2023
  24. Artículo 18. Formación. 2 redacciones · cambió el 30/12/2023
  25. Artículo 19. Refuerzo del Tribunal Administrativo de Contratos Públicos de la Comunidad Autónoma de Canarias.
  26. TÍTULO IV
  27. CAPÍTULO I
  28. Artículo 20. Habilitación y vinculación de los créditos. 3 redacciones · cambió el 30/12/2024
  29. Artículo 21. Régimen competencial.
  30. Artículo 22. Régimen de las transferencias de crédito.
  31. Artículo 23. Tramitación de los expedientes de modificaciones de crédito de los entes con presupuesto limitativo.
  32. Artículo 24. Tramitación de los expedientes de modificaciones presupuestarias de los entes con presupuesto estimativo.
  33. Artículo 25. Compromisos de gasto de carácter plurianual.
  34. Artículo 26. Incorporaciones y generaciones de crédito.
  35. Artículo 27. Tramitación anticipada de expedientes de gastos.
  36. CAPÍTULO II
  37. Artículo 28. Tramitación de urgencia y despacho preferente.
  38. Artículo 29. Exceptuación del trámite preceptivo de autorización previa del Gobierno.
  39. CAPÍTULO III
  40. Artículo 30. Medidas de eficiencia en la tramitación.
  41. Artículo 31. Asesoramiento y supervisión.
  42. Artículo 32. División preferente por lotes.
  43. Artículo 33. Exención de la exigencia de retención del uno y medio por ciento cultural.
  44. Artículo 34. Consultas preliminares de mercado.
  45. Artículo 35. Información pública.
  46. Artículo 36. Modelos de pliegos de cláusulas administrativas particulares.
  47. Artículo 37. Criterios específicos.
  48. Artículo 38. Solvencias de los licitadores. 2 redacciones · cambió el 30/12/2024
  49. Artículo 39. Valor estimado de los contratos.
  50. Artículo 40. Mesas de contratación en los procedimientos abiertos simplificados y simplificados abreviados.
  51. Artículo 41. Criterios de adjudicación.
  52. Artículo 42. Responsable del contrato y delegado del contratista.
  53. CAPÍTULO IV
  54. Artículo 43. Bases reguladoras y convocatoria de las subvenciones. 2 redacciones · cambió el 30/12/2024
  55. Artículo 44. Subvenciones de concurrencia no competitiva.
  56. Artículo 45. Convocatoria abierta de subvenciones.
  57. Artículo 46. Otras medidas para la mejora de la gestión de ayudas y subvenciones.
  58. Artículo 47. Justificación de la aplicación de las subvenciones. 2 redacciones · cambió el 30/12/2023
  59. TÍTULO V
  60. Artículo 48. Convenios para la ejecución de proyectos con cargo a fondos europeos «Next Generation EU».
  61. Artículo 49. Régimen jurídico de los convenios para la ejecución de proyectos con cargo a fondos europeos «Next Generation EU». 4 redacciones · cambió el 30/12/2024
  62. Artículo 49 bis. Acuerdos adoptados por comisiones bilaterales entre administraciones.
  63. Artículo 50. Mecanismos de colaboración con el sector privado.
  64. Disposición adicional primera. Consideración del instrumento de planificación como plan estratégico de subvenciones.
  65. Disposición adicional segunda. Régimen de control aplicable a los expedientes financiados con cargo a los fondos de los planes «Next Generation EU».
  66. Disposición adicional tercera. Cesión del crédito presupuestario derivado de la movilidad del personal.
  67. Disposición adicional cuarta. Negociación colectiva de la ordenación de recursos humanos. 2 redacciones · cambió el 31/12/2022
  68. Disposición adicional quinta. Medidas en materia de personal estatutario.
  69. Disposición adicional sexta. Creación de unidades administrativas de carácter provisional en las Direcciones Generales competentes en materia de planificación y presupuesto y de función pública y en la Intervención General.
  70. Disposición adicional séptima. Gastos menores.
  71. Disposición adicional octava. Ampliaciones de crédito sin cobertura en situaciones de extraordinaria y urgente necesidad.
  72. Disposición adicional novena. Retribuciones del personal funcionario interino nombrado para atender el incremento de la carga de trabajo provocado por la gestión de proyectos financiados con fondos «Next Generation EU».
  73. Disposición adicional décima. Capacitación del personal y complemento de productividad.
  74. Disposición adicional undécima. Habilitación de los créditos vinculados al Mecanismo de Recuperación y Resiliencia y al REACT-EU en el presupuesto de gastos del Servicio Canario de la Salud.
  75. Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
  76. Disposición final primera. Modificación de la Ley 2/1987, de 30 de marzo, de la Función Pública Canaria.
  77. Disposición final segunda. Modificación de la Ley 7/2014, de 30 de julio, de la Agencia Tributaria Canaria.
  78. Disposición final tercera. Cláusula de salvaguarda de rango reglamentario.
  79. Disposición final cuarta. Aplicación supletoria del Real Decreto ley 36/2020, de 30 de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes para la modernización de la Administración pública y para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia o norma que le sustituya.
  80. Disposición final quinta. Proyectos arquitectónicos y de ingeniería de especial complejidad. 2 redacciones · cambió el 22/04/2025
  81. Disposición final sexta. Entrada en vigor.
  82. [firma]