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Decreto-ley 49/2020, de 1 de diciembre, de medida urgente complementaria en materia de empleo y fomento de la actividad económica para hacer frente a las consecuencias de la mayor afectación en el mercado de trabajo de la COVID-19 en determinados territorios de Cataluña, y de modificación del Decreto-ley 21/2020, de 2 de junio, de medidas urgentes de carácter económico, cultural y social para hacer frente a las consecuencias de la COVID-19.
En vigor Comunidad Autónoma de Cataluña · Publicada el 2 de febrero de 2021 · Último cambio el 17 de diciembre de 2020 · Ver en el BOE
Índice
- [preambulo]
- Artículo 1. Objeto y finalidad.
- Artículo 2. Actuaciones subvencionables.
- Artículo 3. Entidades beneficiarias.
- Artículo 4. Requisitos para obtener la condición de entidad beneficiaria.
- Artículo 5. Actuación de Aprendizaje y capacitación.
- Artículo 6. Actuación de Planes de empleo.
- Artículo 7. Actuación de Acogida y acompañamiento a la inserción laboral.
- Artículo 8. Actuación de Prospección y asesoramiento.
- Artículo 9. Actuación de Fomento de la contratación.
- Artículo 10. Actuación de Asistencia técnica.
- Artículo 11. Actuación de Coordinación del proyecto.
- Artículo 12. Personas y entidades destinatarias.
- Artículo 13. Cuantía y compatibilidad. 2 redacciones · cambió el 17/12/2020
- Artículo 14. Gastos subvencionables. 2 redacciones · cambió el 17/12/2020
- Artículo 15. Convocatoria extraordinaria.
- Artículo 16. Procedimiento de concesión.
- Artículo 17. Requisitos del proyecto para obtener la subvención.
- Artículo 18. Resolución de las subvenciones.
- Artículo 19. Plazo de ejecución.
- Artículo 20. Aplicación presupuestaria y financiación.
- Artículo 21. Obligaciones de las entidades beneficiarias.
- Artículo 22. Pago.
- Artículo 23. Justificación y verificación.
- Artículo 24. Revocación.
- Disposición adicional. Ampliación de importes máximos.
- Disposición final primera. Modificación del Decreto ley 21/2020, de 2 de junio, de medidas urgentes de carácter económico, cultural y social para hacer frente a las consecuencias de la COVID-19.
- Disposición final segunda. Entrada en vigor.
- Firma
- ANEXO
- [Información relacionada]


