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Legislación › Decreto-ley 49/2020, de 1 de diciembre, de medida urgente complementaria en materia de empleo y fomento de la actividad económica para hacer frente a las consecuencias de la mayor afectación en el mercado de trabajo de la COVID-19 en determinados territorios de Cataluña, y de modificación del Decreto-ley 21/2020, de 2 de junio, de medidas urgentes de carácter económico, cultural y social para hacer frente a las consecuencias de la COVID-19.

ANEXO

ANEXO

Distribución de los municipios que pueden ser beneficiarios de la línea de subvenciones extraordinaria y urgente para hacer frente a las consecuencias de la mayor afectación en el mercado de trabajo de la COVID-19 en los territorios de Cataluña que han sido afectados por el cierre perimetral

La Conca d’Òdena:

Igualada, Vilanova del Camí, Òdena, Santa Margarida de Montbuí.

Para la realización de los proyectos que prevé este Decreto ley, este territorio dispondrá de un importe máximo de un millón de euros.

Lleida y El Baix Segre:

Lleida ciudad, Alcarràs, Aitona, La Granja d’Escarp, Seròs, Soses y Torres de Segre.

Para la realización de los proyectos que prevé este Decreto ley, este territorio dispondrá de un importe máximo de un millón quinientos mil euros distribuido de la manera siguiente:

– Para el municipio de Lleida, un millón ciento veinticinco mil euros.

– Para el resto de municipios, trescientos setenta y cinco mil euros.

Estos importes se podrán redistribuir en función de los proyectos presentados.

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