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Legislación › Real Decreto 822/2021, de 28 de septiembre, por el que se establece la organización de las enseñanzas universitarias y del procedimiento de aseguramiento de su calidad.

Disposición transitoria quinta. Adaptación de la adscripción a los campos de estudio y de la memoria de verificación del plan de estudios.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 19 de octubre de 2021 y la del 28 de octubre de 2025. Tachado: lo que se quitó (6 palabras). Subrayado: lo que se añadió (6 palabras). Volver al texto en vigor

Disposición transitoria quinta. Adaptación de la adscripción a los ámbitos campos de conocimiento estudio y de la memoria de verificación del plan de estudios.
1. Los títulos universitarios oficiales habrán de adscribirse a un ámbito campo de conocimiento estudio en el plazo máximo de cuatro años a contar desde la entrada en vigor de este real decreto. A tal efecto, la universidad solicitará la correspondiente modificación, pudiendo optar por modificar tan solo los aspectos relacionados con la adscripción a un determinado ámbito campo de conocimiento estudio o bien adaptar la memoria de verificación del plan de estudios al modelo establecido en el presente real decreto.
2. Asimismo, la memoria de verificación de los planes de estudios habrá de adaptarse al modelo establecido en el anexo II cuando la universidad proponga una modificación sustancial de la citada memoria.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
28 de octubre de 2025 En vigor BOE-A-2025-20002 Leer Qué cambió
19 de octubre de 2021 Texto original Leer

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