Legislación › Ley 18/2020, de 28 de diciembre, de facilitación de la actividad económica.
Disposición adicional sexta. Proyectos para el impulso de la actividad económica.
Disposición adicional sexta. Proyectos para el impulso de la actividad económica.
El consejero del departamento competente en materia de industria, en el marco de la presente ley y sin perjuicio de las competencias atribuidas a los distintos departamentos, con el fin de impulsar la actividad económica, puede proponer al Gobierno, para su aprobación, proyectos de interés general que favorezcan los procesos de transformación sectorial o reconversión industrial de ámbitos en los que históricamente haya predominado un único tipo de industria, o la explotación de recursos naturales, como los yacimientos y otros recursos geológicos o similares, que estén en fase de disminución importante, de transformación o de cierre de la actividad principal.
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