Legislación › Ley 19/2020, de 30 de diciembre, de igualdad de trato y no discriminación.
Artículo 35. Relación con el Síndic de Greuges.
Artículo 35. Relación con el Síndic de Greuges.
1. El Organismo de Protección y Promoción de la Igualdad de Trato y la No Discriminación ejerce sus funciones sin perjuicio de las competencias del Síndic de Greuges.
2. La autoridad del Organismo de Protección y Promoción de la Igualdad de Trato y la No Discriminación debe firmar convenios de colaboración con el Síndic de Greuges para establecer los mecanismos de cooperación que se consideren oportunos.


