Legislación › Ley 4/2021, de 7 de octubre, de metodología de distribución de recursos y de determinación de las aportaciones de las diputaciones forales a la financiación de los presupuestos de la Comunidad Autónoma del País Vasco aplicable al periodo 2022-2026.
Artículo 15. Determinación de la aportación de cada diputación foral.
Artículo 15. Determinación de la aportación de cada diputación foral.
La aportación de cada diputación foral a las instituciones comunes se obtendrá por aplicación del coeficiente horizontal de aportación correspondiente al territorio histórico, calculado conforme a los artículos 13 y 14, al importe de las aportaciones general y específicas definidas en el capítulo II.


