Legislación › Ley 4/2021, de 7 de octubre, de metodología de distribución de recursos y de determinación de las aportaciones de las diputaciones forales a la financiación de los presupuestos de la Comunidad Autónoma del País Vasco aplicable al periodo 2022-2026.
ANEXO II
ANEXO II
Al Acuerdo del Consejo Vasco de Finanzas Públicas
| Concepto | Indicador |
|---|---|
|
Retenciones Trabajo Personal. Cuota diferencial IRPF (1). |
Sueldos y salarios. |
| Retenciones de Capital, Pagos fraccionados y Sociedades. | Excedente neto de explotación. |
| Total IVA (Gestión Propia + Ajustes con el Estado). | Índice de aportación. |
| Impuesto Especial sobre medios de transporte. | N.º turismos matriculados. |
| Total Impuestos Especiales Fabricación (Gestión Propia + Ajustes con el Estado). | Índice de aportación. |
| Impuesto especial sobre la electricidad (Gestión Propia). | Índice de aportación. |
|
(1) PFEZaren kuota diferentzial garbiari dagokion zenbatekoa proportzioan egotziko zaio zerga horren osagarri bakoitzari. (1) El importe correspondiente a la cuota diferencial neta del IRPF se atribuirá proporcionalmente a cada uno de los componentes de la recaudación de dicho impuesto. |
|


