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Legislación › Real Decreto 900/2021, de 19 de octubre, por el que se establece el título de Técnico Deportivo en Balonmano y se fijan su currículo básico y los requisitos de acceso.

ANEXO IX-B

ANEXO IX-B

Condición de Profesor especialista en centros públicos de la Administración educativa: acreditación de experiencia docente, o actividad en el ámbito deportivo y laboral

Ciclo inicial y final

Módulos enseñanza deportiva Experiencia docente acreditable Actividad en el ámbito deportivo y laboral

MED-BMBM102 Fundamentos básicos del juego.

MED-BMBM103 Enseñanza del balonmano en la iniciación.

MED-BMBM104 Organización de actividades y eventos de base.

MED-BMBM201 Formación técnico-táctica individual en balonmano.

MED-BMBM202 El juego colectivo en balonmano.

MED-BMBM-203 Metodología en la etapa de tecnificación en balonmano.

MED-BMBM204 Preparación física del balonmano.

MED-BMBM205 Fundamentos básicos del balonmano playa.

MED-BMBM206 Balonmano en silla de ruedas

MED-BMBM207 Dirección deportiva en la etapa de tecnificación.

Cualquiera de las siguientes opciones:

●    Al menos 100 horas de docencia acreditada en formación de entrenadores en los niveles 1 y 2 o 50 horas en el nivel 3 de balonmano en las formaciones a las que se refiere la disposición adicional quinta y y la disposición transitoria primera y del Real Decreto 1363/2007, de 24 de octubre, así como de la disposición transitoria primera del Real Decreto 1913/1997, de 19 de diciembre.

●    Al menos 100 horas de docencia acreditada en formación de nivel 1 o 2 del técnico deportivo en balonmano, o 50 horas en la formación de los técnicos deportivos superiores en balonmano, regulados por el Real Decreto 361/2004, de 5 de marzo, por el que se establecen los títulos de Técnico Deportivo y Técnico Deportivo Superior en Balonmano, se aprueban las correspondientes enseñanzas comunes y se regulan las pruebas de acceso a estas enseñanzas.

Al menos 4 años de ejercicio deportivo-laboral relacionado con las competencias profesionales del ciclo inicial y final o, al menos, 2 años del ciclo superior, realizado en los 5 años inmediatamente anteriores al nombramiento.

En el caso de la formación a las que se refiere la adicional quinta del Real Decreto 1363/2007, la Real Federación Española de Balonmano emitirá la correspondiente certificación de la experiencia docente en la que conste: las materias impartidas, el número de horas impartidas, la fecha del curso en el que se impartió la materia o materias, y la fecha de la resolución de reconocimiento de la formación por parte del Consejo Superior de Deportes junto con la fecha de publicación en el BOE.

En el caso de las formaciones a las que se refiere la disposición transitoria primera del Real Decreto 1913/1997, de 19 de diciembre, el órgano competente de la Comunidad Autónoma que autorizó las formaciones emitirá la correspondiente certificación de la experiencia docente en la que consten las materias y el número de horas impartidas.

En el caso de las formaciones a las que se refiere el Real Decreto 361/2004, de 5 de marzo, por el que se establecen los títulos de Técnico Deportivo y Técnico Deportivo Superior en Balonmano, se aprueban las correspondientes enseñanzas comunes y se regulan las pruebas de acceso a estas enseñanzas, la correspondiente Administración educativa emitirá la certificación de la experiencia docente en la que consten los módulos y el número de horas impartidas.

La experiencia laboral se acreditará mediante la certificación de la empresa donde haya adquirido dicha experiencia en la que conste específicamente la duración del contrato, la actividad desarrollada y el periodo de tiempo en el que se ha realizado la actividad. En el caso de trabajadores por cuenta propia, se exigirá la certificación de alta en el censo de obligados tributarios, con una antigüedad mínima de un año, así como una declaración del interesado de las actividades más representativas.

La Real Federación Española de Balonmano emitirá la correspondiente certificación de la experiencia deportiva en la que conste la actividad desarrollada y el periodo de tiempo en el que se ha realizado la actividad.

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