Legislación › Orden
Orden PCM/1238/2021, de 12 de noviembre, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 2 de noviembre de 2021, por el que se aprueban las instrucciones por las que se determina el procedimiento de entrada y permanencia de nacionales de terceros países que ejercen actividad en el sector audiovisual.
En vigor Ministerio de la Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática · Publicada el 13 de noviembre de 2021 · Último cambio el 13 de noviembre de 2021 · Ver en el BOE
Índice
- pa
- [firma]
- ANEXO
- INSTRUCCIONES
- CAPÍTULO I
- Primera. Objeto.
- Segunda. Ámbito de aplicación subjetivo.
- Tercera. Requisitos generales para la estancia o residencia.
- CAPÍTULO II
- Cuarta. Estancia de hasta 90 días en cualquier período de 180 días para ejercer una actividad en el sector audiovisual.
- Quinta. Exceptuación de autorización de trabajo.
- CAPÍTULO III
- Sexta. Visado de estancia para el sector audiovisual.
- Séptima. Tramitación de la solicitud.
- Octava. Efectos del visado de estancia para el sector audiovisual.
- Novena. Autorización de estancia para el sector audiovisual.
- CAPÍTULO IV
- Décima. Solicitud de autorización de residencia.
- Undécima. Requisitos para obtener la autorización de residencia.
- Duodécima. Procedimiento de autorización.
- Decimotercera. Vigencia de la autorización de residencia.
- Decimocuarta. No aplicación de la situación nacional de empleo.
- Decimoquinta. Permiso único.
- Decimosexta. Aplicación subsidiaria y supletoria.
- Decimoséptima. Habilitación a órganos competentes.
- Decimoctava. Efectividad de las instrucciones.


