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Orden PCM/1238/2021, de 12 de noviembre, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 2 de noviembre de 2021, por el que se aprueban las instrucciones por las que se determina el procedimiento de entrada y permanencia de nacionales de terceros países que ejercen actividad en el sector audiovisual.

En vigor Ministerio de la Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática · Publicada el 13 de noviembre de 2021 · Último cambio el 13 de noviembre de 2021 · Ver en el BOE

Índice

  1. pa
  2. [firma]
  3. ANEXO
  4. INSTRUCCIONES
  5. CAPÍTULO I
  6. Primera. Objeto.
  7. Segunda. Ámbito de aplicación subjetivo.
  8. Tercera. Requisitos generales para la estancia o residencia.
  9. CAPÍTULO II
  10. Cuarta. Estancia de hasta 90 días en cualquier período de 180 días para ejercer una actividad en el sector audiovisual.
  11. Quinta. Exceptuación de autorización de trabajo.
  12. CAPÍTULO III
  13. Sexta. Visado de estancia para el sector audiovisual.
  14. Séptima. Tramitación de la solicitud.
  15. Octava. Efectos del visado de estancia para el sector audiovisual.
  16. Novena. Autorización de estancia para el sector audiovisual.
  17. CAPÍTULO IV
  18. Décima. Solicitud de autorización de residencia.
  19. Undécima. Requisitos para obtener la autorización de residencia.
  20. Duodécima. Procedimiento de autorización.
  21. Decimotercera. Vigencia de la autorización de residencia.
  22. Decimocuarta. No aplicación de la situación nacional de empleo.
  23. Decimoquinta. Permiso único.
  24. Decimosexta. Aplicación subsidiaria y supletoria.
  25. Decimoséptima. Habilitación a órganos competentes.
  26. Decimoctava. Efectividad de las instrucciones.