Legislación › Ley 7/2021, de 1 de diciembre, de impulso para la sostenibilidad del territorio de Andalucía.
Disposición transitoria cuarta. Ordenación urbanística en los municipios sin planeamiento general.
Disposición transitoria cuarta. Ordenación urbanística en los municipios sin planeamiento general.
En los municipios que, al tiempo de entrada en vigor de esta Ley, no cuenten con planeamiento general, el suelo del término municipal se entenderá clasificado en urbano y rústico, conforme a los criterios establecidos en el capítulo I, del título I.
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