LexTotal

Legislación › Instrumento de ratificación del Convenio multilateral para aplicar las medidas relacionadas con los tratados fiscales para prevenir la erosión de las bases imponibles y el traslado de beneficios, hecho en París el 24 de noviembre de 2016.

Indonesia

Comparación entre la redacción en vigor desde el 20 de abril de 2024 y la del 12 de julio de 2025. Tachado: lo que se quitó (0 palabras). Subrayado: lo que se añadió (141 palabras). Volver al texto en vigor

Indonesia
Reservas y notificaciones formuladas por la República de Indonesia y confirmada en el momento de depositar el instrumento de ratificación, aceptación o aprobación, de conformidad con los artículos 28.5 y 29.1 del Convenio
Artículo 2. Interpretación de términos.
Notificación. Convenios comprendidos en el Convenio Multilateral.
A efectos de lo dispuesto en el artículo 2.1.a).ii) del convenio, la República de Indonesia desea que los siguientes convenios queden comprendidos en el convenio:
N.º ·
Título ·
Otra jurisdicción contratante ·
Instrumento original/por el que se modifica ·
Fecha de la firma ·
Fecha de entrada en vigor ·
1 ·
Convenio entre el Gobierno de la República de Indonesia y el Gobierno de Australia para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta. ·
Australia. ·
Original. ·
22.4.1992 ·
14.12.1992 ·
2 ·
Convenio entre el Gobierno de la República de Indonesia y el Gobierno de Brunéi Darusalam para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta. ·
Brunéi Darusalam. ·
Original. ·
27.2.2000 ·
7.11.2001 ·
3 ·
Convenio entre la República de Indonesia y Canadá para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y el patrimonio. ·
Canadá. ·
Original. ·
16.1.1979 ·
23.12.1980 ·
Instrumento por el que se modifica a). ·
1.4.1998 ·
31.12.1998 ·
4 ·
Convenio entre el Gobierno de la República de Indonesia y el Gobierno de la República Popular China para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta. ·
China (República Popular). ·
Original. ·
7.11.2001 ·
25.8.2003 ·
Instrumento por el que se modifica a). ·
26.3.2015 ·
16.3.2016 ·
5 ·
Convenio entre el Gobierno de la República de Indonesia y el Gobierno de la República Francesa para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y el patrimonio. ·
Francia. ·
Original. ·
14.9.1979 ·
13.3.1981 ·
6 ·
Convenio entre el Gobierno de la República de Indonesia y el Gobierno de la Región Administrativa Especial de Hong Kong de la República Popular China para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta. ·
Hong Kong (Región Administrativa Especial). ·
Original. ·
23.3.2010 ·
28.3.2012 ·
7 ·
Convenio entre el Gobierno de la República de Indonesia y el Gobierno de la República de la India para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y su Protocolo. ·
India. ·
Original. ·
27.7.2012 ·
5.2.2016 ·
8 ·
Convenio entre la República de Indonesia y Japón para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta. ·
Japón. ·
Original. ·
3.3.1982 ·
31.12.1982 ·
9 ·
Convenio entre el Gobierno de la República de Indonesia y el Gobierno de la República Democrática Popular de Laos para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta. ·
República Popular Democrática de Laos. ·
Original. ·
8.9.2011 ·
11.10.2016 ·
10 ·
Convenio entre la República de Indonesia y el Gran Ducado de Luxemburgo para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y el patrimonio. ·
Luxemburgo. ·
Original. ·
14.1.1993 ·
10.3.1994 ·
11 ·
Convenio entre el Gobierno de la República de Indonesia y el Gobierno de Malasia para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta. ·
Malasia. ·
Original. ·
12.9.1991 ·
11.8.1992 ·
Instrumento por el que se modifica a). ·
12.1.2006 ·
1.7.2010 ·
Instrumento por el que se modifica b). ·
20.10.2011 ·
1.8.2017 ·
12 ·
Convenio entre el Gobierno de la República de Indonesia y el Gobierno de los Países Bajos para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta. ·
Países Bajos. ·
Original. ·
29.1.2002 ·
31.12.2003 ·
Instrumento por el que se modifica a). ·
30.7.2015 ·
1.8.2017 ·
13 ·
Convenio entre el Gobierno de la República de Indonesia y el Gobierno de Nueva Zelanda para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y su Protocolo. ·
Nueva Zelanda. ·
Original. ·
25.3.1987 ·
24.6.1988 ·
14 ·
Convenio entre el Gobierno de la República de Indonesia y el Gobierno de la República de Filipinas para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta. ·
Filipinas(7). ·
Original. ·
18.6.1981 ·
19.5.1982 ·
15 ·
Convenio entre la República de Indonesia y la República de la Singapur para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta. ·
Singapur. ·
Original. ·
8.5.1990 ·
25.1.1991 ·
16 ·
Convenio entre el Gobierno de la República de Indonesia y el Gobierno de la República de Seychelles para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta. ·
Seychelles. ·
Original. ·
27.9.1999 ·
16.5.2000 ·
17 ·
Convenio entre la República de Indonesia y la República Corea para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y su Protocolo. ·
República de Corea. ·
Original. ·
10.11.1988 ·
3.5.1989 ·
18 ·
Convenio entre la República de Indonesia y la Confederación Suiza para evitar la doble imposición en materia de impuestos sobre la renta. ·
Suiza. ·
Original. ·
29.8.1988 ·
24.10.1989 ·
Instrumento por el que se modifica a). ·
8.2.2007 ·
20.3.2009 ·
19 ·
Convenio entre el Gobierno de la República de Indonesia y el Gobierno del Reino de Tailandia para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta. ·
Tailandia. ·
Original. ·
15.6.2001 ·
23.10.2003 ·
20 ·
Convenio entre el Gobierno de la República de Indonesia y el Gobierno del Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y el patrimonio. ·
Reino Unido. ·
Original. ·
5.4.1993 ·
14.4.1994 ·
21 ·
Convenio entre el Gobierno de la República de Indonesia y el Gobierno de los Emiratos Árabes Unidos para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta. ·
Emiratos Árabes Unidos. ·
Original. ·
30.11.1995 ·
1.6.1999 ·
22 ·
Convenio entre el Gobierno de la República de Indonesia y el Gobierno de los Estados Unidos de América para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta. ·
Estados Unidos de América. ·
Original. ·
11.7.1988 ·
1.2.1991 ·
Instrumento por el que se modifica a). ·
24.7.1996 ·
23.12.1996 ·
23 ·
Convenio entre el Gobierno de la República de Indonesia y el Gobierno de la República Socialista de Vietnam para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta. ·
Vietnam. ·
Original. ·
22.12.1997 ·
10.2.1999 ·
24 ·
Convenio entre la República de Indonesia y el Reino de Bélgica para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta. ·
Bélgica. ·
Original. ·
16.9.1997 ·
7.11.2001 ·
25 ·
Convenio entre el Gobierno de la República de Indonesia y el Gobierno de la República de Croacia para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta. ·
Croacia. ·
Original. ·
15.2.2002 ·
16.3.2012 ·
26 ·
Convenio entre la República de Indonesia y la República de Finlandia para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta. ·
Finlandia. ·
Original. ·
15.10.1987 ·
26.1.1989 ·
27 ·
Convenio entre el Gobierno de la República de Indonesia y el Gobierno de la República Italiana para evitar la doble imposición en materia de impuestos sobre la renta y el patrimonio y prevenir la evasión fiscal. ·
Italia. ·
Original. ·
18.2.1990 ·
2.9.1995 ·
28 ·
Convenio entre la República de Indonesia y el Reino de Noruega para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y el patrimonio. ·
Noruega. ·
Original. ·
19.7.1988 ·
7.2.1990 ·
29 ·
Convenio entre el Gobierno de la República de Indonesia y el Gobierno de la República de Polonia para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta. ·
Polonia. ·
Original. ·
6.10.1992 ·
25.8.1993 ·
30 ·
Convenio entre el Gobierno de la República de Indonesia y el Gobierno del Estado de Qatar para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta. ·
Qatar. ·
Original. ·
30.4.2006 ·
19.9.2007 ·
31 ·
Convenio entre el Gobierno de la República de Indonesia y el Gobierno de la República Eslovaca para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la evitar. ·
Eslovaquia. ·
Original. ·
12.10.2000 ·
30.1.2001 ·
32 ·
Convenio entre el Gobierno de la República de Indonesia y el Gobierno de la República de Sudáfrica para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta. ·
Sudáfrica. ·
Original. ·
15.7.1997 ·
23.11.1998 ·
33 ·
Convenio entre el Gobierno de la República de Indonesia y el Gobierno de la República de Turquía para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta. ·
Turquía. ·
Original. ·
25.2.1997 ·
6.3.2000 ·
34 ·
Convenio entre el Gobierno de la República de Indonesia y el Gobierno de la República de Armenia para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y el patrimonio. ·
Armenia. ·
Original. ·
13.10.2005 ·
12.4.2016 ·
35 ·
Convenio entre el Gobierno de la República de Indonesia y el Gobierno de la República de Bulgaria para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta. ·
Bulgaria. ·
Original. ·
11.1.1991 ·
25.5.1992 ·
36 ·
Convenio entre el Gobierno de la República de Indonesia y el Gobierno de la República Checa para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta. ·
República Checa. ·
Original. ·
4.10.1994 ·
26.1.1996 ·
37 ·
Convenio entre el Gobierno de la República de Indonesia y el Gobierno del Reino de Dinamarca para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta. ·
Dinamarca. ·
Original. ·
28.12.1985 ·
29.4.1986 ·
38 ·
Convenio entre el Gobierno de la República de Indonesia y el Gobierno de la República de Egipto para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta. ·
Egipto. ·
Original. ·
13.5.1998 ·
26.2.2002 ·
39 ·
Convenio entre el Gobierno de la República de Indonesia y el Gobierno de la República Popular de Hungría para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta. ·
Hungría. ·
Original. ·
19.10.1989 ·
15.2.1993 ·
40 ·
Acuerdo entre el Gobierno de la República de Indonesia y el Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta. ·
México. ·
Original. ·
6.9.2002 ·
28.10.2004 ·
Instrumento por el que se modifica a). ·
6.10.2013 ·
18.9.2019 ·
41 ·
Convenio entre el Gobierno de la República de Indonesia y el Gobierno de la República Islámica de Pakistán para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta. ·
Pakistán. ·
Original. ·
7.10.1990 ·
28.2.1991 ·
42 ·
Convenio entre la República de Indonesia y la República Portuguesa para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta. ·
Portugal. ·
Original. ·
9.7.2003 ·
11.5.2007 ·
43 ·
Convenio entre el Gobierno de la República de Indonesia y el Gobierno de Rumanía para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta. ·
Rumanía. ·
Original. ·
3.7.1996 ·
13.1.1999 ·
44 ·
Convenio entre el Gobierno de la República de Indonesia y el Gobierno de la Federación de Rusia para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta. ·
Rusia. ·
Original. ·
12.3.1999 ·
17.12.2002 ·
45 ·
Convenio entre el Gobierno de la República de Indonesia y el Gobierno de la República de Serbia para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta. ·
Serbia. ·
Original. ·
28.2.2011 ·
13.12.2018 ·
46 ·
Convenio entre la República de Indonesia y el Reino de España para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y sobre el patrimonio. ·
España. ·
Original. ·
30.5.1995 ·
20.12.1999 ·
47 ·
Convenio entre la República de Indonesia y el Reino de Suecia para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta. ·
Suecia. ·
Original. ·
28.2.1989 ·
27.9.1989 ·
(7) La República de Indonesia depositó la notificación el 27.11.2023 para retirar el instrumento por el que se modifica a).
·
Notificación de ampliación de la lista de convenios comprendidos en el convenio.
En virtud del artículo 29.5 del convenio, la República de Indonesia desea ampliar el listado de convenios comprendidos en el convenio para incluir en él los que figuran a continuación. El Depositario recibió y comunicó la notificación de esta ampliación del listado de convenios en las fechas que figuran a continuación.
N.º ·
Título ·
Otra jurisdicción contratante ·
Instrumento original/por el que se modifica ·
Fecha de la firma ·
Fecha de entrada en vigor ·
Fecha de recepción/comunicación ·
48 ·
Convenio entre el Gobierno de la República de Indonesia y el Gobierno de la República de Austria para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y el patrimonio. ·
Austria. ·
Original. ·
24.7.1986 ·
1.10.1988 ·
Recepción: 27.11.2023.
Comunicación: 27.11.2023.
·
49 ·
Convenio entre el Gobierno de la República de Indonesia y el Gobierno de la República de Bielorrusia para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta. ·
Bielorrusia. ·
Original. ·
19.3.2013 ·
9.5.2018 ·
Recepción: 27.11.2023.
Comunicación: 27.11.2023.
·
50 ·
Convenio entre la República de Indonesia y la República Federal Alemania para evitar la doble imposición en materia de impuestos sobre la renta y el patrimonio. ·
Alemania. ·
Original. ·
30.10.1990 ·
28.12.1991 ·
Recepción: 27.11.2023.
Comunicación: 27.11.2023.
·
51 ·
Convenio entre el Gobierno de la República de Indonesia y el Gobierno del Reino Hachemí de Jordania para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta. ·
Jordania. ·
Original. ·
12.11.1996 ·
22.12.1998 ·
Recepción: 27.11.2023.
Comunicación: 27.11.2023.
·
52 ·
Convenio entre el Gobierno de la República de Indonesia y el Gobierno del Estado de Kuwait para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y el patrimonio. ·
Kuwait. ·
Original. ·
23.4.1997 ·
11.12.1998 ·
Recepción: 27.11.2023.
Comunicación: 27.11.2023.
·
53 ·
Convenio entre el Gobierno de la República de Indonesia y el Gobierno de Mongolia para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta. ·
Mongolia. ·
Original. ·
2.7.1996 ·
7.1.2000 ·
Recepción: 27.11.2023.
Comunicación: 27.11.2023.
·
54 ·
Convenio entre el Gobierno de la República de Indonesia y el Gobierno del Reino de Marruecos para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta. ·
Marruecos. ·
Original. ·
8.6.2008 ·
10.4.2012 ·
Recepción: 27.11.2023.
Comunicación: 27.11.2023.
·
55 ·
Convenio entre el Gobierno de la República de Indonesia y el Gobierno del Estado Independiente de Papúa Nueva Guinea para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta. ·
Papúa Nueva Guinea. ·
Original. ·
12.3.2010 ·
5.3.2014 ·
Recepción: 27.11.2023.
Comunicación: 27.11.2023.
·
56 ·
Convenio entre el Gobierno de la República de Indonesia y el Gobierno de la República de Singapur para eliminar la doble imposición en materia de impuestos sobre la renta y el patrimonio y prevenir la evasión fiscal. ·
Singapur (nuevo). ·
Original. ·
4.2.2020 ·
23.7.2021 ·
Recepción: 27.11.2023.
Comunicación: 27.11.2023.
·
57 ·
Convenio entre la República de Indonesia y la República Socialista Democrática de Sri Lanka para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta. ·
Sri Lanka. ·
Original. ·
3.2.1993 ·
21.6.1994 ·
Recepción: 27.11.2023.
Comunicación: 27.11.2023.
·
58 ·
Convenio entre la República de Indonesia y la República de Túnez para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta. ·
Túnez. ·
Original. ·
13.5.1992 ·
12.4.1993 ·
Recepción: 27.11.2023.
Comunicación: 27.11.2023.
·
59 ·
Convenio entre el Gobierno de la República de Indonesia y el Gobierno de Ucrania para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta. ·
Ucrania. ·
Original. ·
11.4.1996 ·
9.11.1998 ·
Recepción: 27.11.2023.
Comunicación: 27.11.2023.
·
60 ·
Convenio entre el Gobierno de la República de Indonesia y el Gobierno de los Emiratos Árabes Unidos para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta. ·
Emiratos Árabes Unidos (nuevo). ·
Original. ·
24.7.2019 ·
19.8.2021 ·
Recepción: 27.11.2023.
Comunicación: 27.11.2023.
·
Artículo 3. Entidades transparentes.
Reserva.
En virtud del artículo 3.5.a) del convenio, la República de Indonesia se reserva el derecho a no aplicar nada de lo dispuesto en el artículo 3 a sus convenios fiscales comprendidos.
Artículo 4. Entidades con doble residencia.
Reserva.
A tenor del artículo 4.3.b) del Convenio, Indonesia se reserva el derecho a no aplicar nada de lo dispuesto en el artículo 4 a sus convenios fiscales comprendidos que ya aborden los casos en los que una persona distinta de una persona física es residente de más de una Jurisdicción contratante instando a las autoridades competentes de las Jurisdicciones contratantes a que hagan lo posible por llegar a un acuerdo mutuo para determinar una única Jurisdicción contratante de residencia. Los siguientes convenios contienen disposiciones comprendidas en el ámbito de esta reserva.
Número del convenio en el listado ·
Otra Jurisdicción contratante ·
Disposición ·
40 ·
México. ·
Artículo 4.3. ·
Reserva.
En virtud del artículo 4.3.c) del convenio, la República de Indonesia se reserva el derecho a no aplicar nada de lo dispuesto en el artículo 4 a sus convenios fiscales comprendidos que ya aborden casos en los que una persona distinta de una persona física es residente de más de una jurisdicción contratante, denegando los beneficios del convenio sin requerir a las autoridades competentes de las jurisdicciones contratantes que hagan lo posible por llegar a un acuerdo mutuo para determinar una única jurisdicción contratante de residencia. Los siguientes convenios contienen disposiciones comprendidas en el ámbito de esta reserva.
Número del convenio en el listado ·
Otra jurisdicción contratante ·
Disposición ·
40 ·
México. ·
Artículo 4.3. ·
A tenor del artículo 4.3.e) del Convenio, Indonesia se reserva el derecho de sustituir la última frase del artículo 4.1, a efectos de sus convenios fiscales comprendidos, por el texto siguiente: «En ausencia de dicho acuerdo, dicha persona no tendrá derecho a las desgravaciones o exenciones previstas en el convenio fiscal comprendido.»
Notificación de las disposiciones existentes en los convenios incluidos en el listado.
A efectos de lo dispuesto en el artículo 4.4 del convenio, la República de Indonesia considera que los siguientes convenios contienen disposiciones de las descritas en el artículo 4.2 que no están sujetas a reserva alguna en virtud del artículo 4.3.b) a 4.3.d). A continuación, se señala el número del artículo y del apartado de cada una de estas disposiciones.
Número del convenio en el listado ·
Otra jurisdicción contratante ·
Disposición ·
1 ·
Australia. ·
Artículo 4.4. ·
2 ·
Brunéi Darusalam. ·
Artículo 4.3. ·
3 ·
Canadá. ·
Artículo 4.3. ·
4 ·
China (República Popular). ·
Artículo 4.3. ·
5 ·
Francia. ·
Artículo 4.3. ·
6 ·
Hong Kong (Región Administrativa Especial). ·
Artículo 4.3. ·
7 ·
India. ·
Artículo 4.3. ·
8 ·
Japón. ·
Artículo 4.2. ·
9 ·
República Popular Democrática de Laos. ·
Artículo 4.3. ·
10 ·
Luxemburgo. ·
Artículo 4.3. ·
11 ·
Malasia. ·
Artículo 4.3. ·
12 ·
Países Bajos. ·
Artículo 4.4. ·
13 ·
Nueva Zelanda. ·
Artículo 4.3. ·
14 ·
Filipinas. ·
Artículo 4.3. ·
15 ·
Singapur. ·
Artículo 4.3. ·
16 ·
Seychelles. ·
Artículo 4.3. ·
17 ·
República de Corea. ·
Artículo 4.3. ·
18 ·
Suiza. ·
Artículo 4.3. ·
19 ·
Tailandia. ·
Artículo 4.3. ·
20 ·
Reino Unido. ·
Artículo 4.3. ·
21 ·
Emiratos Árabes Unidos. ·
Artículo 4.3. ·
22 ·
Estados Unidos de América. ·
Artículo 4.4. ·
23 ·
Vietnam. ·
Artículo 4.3. ·
24 ·
Bélgica. ·
Artículo 4.3. ·
25 ·
Croacia. ·
Artículo 4.3. ·
26 ·
Finlandia. ·
Artículo 4.3. ·
27 ·
Italia. ·
Artículo 4.3. ·
28 ·
Noruega. ·
Artículo 4.3. ·
29 ·
Polonia. ·
Artículo 4.3. ·
30 ·
Qatar. ·
Artículo 4.3. ·
31 ·
Eslovaquia. ·
Artículo 4.3. ·
32 ·
Sudáfrica. ·
Artículo 4.3. ·
33 ·
Turquía. ·
Artículo 4.3. ·
34 ·
Armenia. ·
Artículo 4.3. ·
35 ·
Bulgaria. ·
Artículo 4.3. ·
36 ·
República Checa. ·
Artículo 4.3. ·
37 ·
Dinamarca. ·
Artículo 4.3. ·
38 ·
Egipto. ·
Artículo 4.3 y 4.4. ·
39 ·
Hungría. ·
Artículo 4.3. ·
41 ·
Pakistán. ·
Artículo 4.3. ·
42 ·
Portugal. ·
Artículo 4.3. ·
43 ·
Rumanía. ·
Artículo 4.3. ·
44 ·
Rusia. ·
Artículo 4.3. ·
45 ·
Serbia. ·
Artículo 4.3. ·
46 ·
España. ·
Artículo 4.3. ·
47 ·
Suecia. ·
Artículo 4.3. ·
Notificaciones efectuadas como consecuencia de la ampliación del listado de convenios con posterioridad a la ratificación.
Habiendo incluido, en virtud del artículo 29.5 del convenio, nuevos convenios en el listado de convenios comprendidos y a efectos de lo dispuesto en el artículo 7.4 del convenio, la República de Indonesia considera que los siguientes convenios no contienen disposiciones de las descritas en el artículo 4.2 que no están sujetas a reserva alguna en virtud del artículo 4.3.b) a 4.3.d). A continuación, se señala el número del artículo y del apartado de cada una de estas disposiciones. El Depositario recibió y comunicó las notificaciones adicionales en las fechas que figuran a continuación.
Número del convenio en el listado ·
Otra jurisdicción contratante ·
Disposición ·
Fecha de recepción/comunicación ·
48 ·
Austria. ·
Artículo 4.3. ·
Recepción: 27.11.2023.
Comunicación: 27.11.2023.
·
49 ·
Bielorrusia. ·
Artículo 4.3. ·
Recepción: 27.11.2023.
Comunicación: 27.11.2023.
·
50 ·
Alemania. ·
Artículo 4.3. ·
Recepción: 27.11.2023.
Comunicación: 27.11.2023.
·
51 ·
Jordania. ·
Artículo 4.3. ·
Recepción: 27.11.2023.
Comunicación: 27.11.2023.
·
52 ·
Kuwait. ·
Artículo 4.4. ·
Recepción: 27.11.2023.
Comunicación: 27.11.2023.
·
53 ·
Mongolia. ·
Artículo 4.3. ·
Recepción: 27.11.2023.
Comunicación: 27.11.2023.
·
54 ·
Marruecos. ·
Artículo 4.3. ·
Recepción: 27.11.2023.
Comunicación: 27.11.2023.
·
55 ·
Papúa Nueva Guinea. ·
Artículo 4.3. ·
Recepción: 27.11.2023.
Comunicación: 27.11.2023.
·
56 ·
Singapur (nuevo). ·
Artículo 4.3. ·
Recepción: 27.11.2023.
Comunicación: 27.11.2023.
·
57 ·
Sri Lanka. ·
Artículo 4.3. ·
Recepción: 27.11.2023.
Comunicación: 27.11.2023.
·
58 ·
Túnez. ·
Artículo 4.3. ·
Recepción: 27.11.2023.
Comunicación: 27.11.2023.
·
59 ·
Ucrania. ·
Artículo 4.3. ·
Recepción: 27.11.2023.
Comunicación: 27.11.2023.
·
60 ·
Emiratos Árabes Unidos (nuevo). ·
Artículo 4.3. ·
Recepción: 27.11.2023.
Comunicación: 27.11.2023.
·
Artículo 5. Aplicación de los métodos para eliminar la doble imposición.
Reserva.
En virtud del artículo 5.8 del convenio, la República de Indonesia se reserva el derecho a no aplicar nada de lo dispuesto en el artículo 5 a sus convenios fiscales comprendidos.
Artículo 6. Objeto de los convenios fiscales comprendidos.
Notificación del texto del Preámbulo existente en los convenios incluidos en el listado.
A efectos de lo dispuesto en el artículo 6.5 del convenio, la República de Indonesia considera que los siguientes convenios no están comprendidos en el ámbito de ninguna reserva formulada al amparo del artículo 6.4 y contienen en el preámbulo la redacción mencionada en el artículo 6.2. A continuación, se reproduce el texto del párrafo correspondiente.
Número del convenio en el listado ·
Otra jurisdicción contratante ·
Texto del preámbulo ·
1 ·
Australia. ·
«Deseando concluir un convenio para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta,» ·
2 ·
Brunéi Darusalam. ·
«Deseando concluir un convenio para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta,» ·
3 ·
Canadá. ·
«Deseando concluir un convenio para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y el patrimonio,» ·
4 ·
China (República Popular). ·
«Deseando concluir un convenio para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta,» ·
5 ·
Francia. ·
«Deseando concluir un convenio para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y el patrimonio,» ·
6 ·
Hong Kong (Región Administrativa Especial). ·
«Deseando concluir un convenio para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta;» ·
7 ·
India. ·
Deseando concluir un convenio para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y con vistas a fomentar la cooperación económica entre los dos países.» ·
8 ·
Japón. ·
«Deseando concluir un convenio para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta,» ·
9 ·
República Popular Democrática de Laos. ·
«Deseando concluir un convenio para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta,» ·
10 ·
Luxemburgo. ·
«Deseando concluir un convenio para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y el patrimonio,» ·
11 ·
Malasia. ·
«Deseando concluir un convenio para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta,» ·
12 ·
Países Bajos. ·
«Deseando concluir un convenio para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta,» ·
13 ·
Nueva Zelanda. ·
«Deseando concluir un convenio para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta,» ·
14 ·
Filipinas. ·
«Deseando concluir un convenio para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta,» ·
15 ·
Singapur. ·
«Deseando concluir un convenio para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta,» ·
16 ·
Seychelles. ·
«Deseando concluir un convenio para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta,» ·
17 ·
República de Corea. ·
«Deseando concluir un convenio para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta,» ·
18 ·
Suiza. ·
«Deseando concluir un convenio para evitar la doble imposición en materia de impuestos sobre la renta.» ·
19 ·
Tailandia. ·
«Deseando concluir un convenio para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta,» ·
20 ·
Reino Unido. ·
«Deseando concluir un convenio para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y las ganancias de capital;» ·
21 ·
Emiratos Árabes Unidos. ·
«Deseando fomentar y reforzar sus relaciones económicas mediante la conclusión de un convenio para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta,» ·
22 ·
Estados Unidos de América. ·
«Deseando concluir un convenio para evitar la doble imposición en materia de impuestos sobre la renta y prevenir la evasión fiscal,» ·
23 ·
Vietnam. ·
«Deseando concluir un convenio para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta,» ·
24 ·
Bélgica. ·
«Deseando concluir un convenio para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta,» ·
25 ·
Croacia. ·
«Deseando concluir un convenio para evitar la doble imposición en materia de impuestos sobre la renta,» ·
26 ·
Finlandia. ·
«Deseando concluir un convenio para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta,» ·
27 ·
Italia. ·
«Deseando concluir un convenio para evitar la doble imposición en materia de impuestos sobre la renta y prevenir la evasión fiscal,» ·
28 ·
Noruega. ·
«Deseando concluir un convenio para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y el patrimonio,» ·
29 ·
Polonia. ·
«Deseando concluir un convenio para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta,» ·
30 ·
Qatar. ·
«Deseando concluir un convenio para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta,» ·
31 ·
Eslovaquia. ·
«Deseando concluir un convenio para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta,» ·
32 ·
Sudáfrica. ·
«Deseando concluir un convenio para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y fomentar y reforzar las relaciones económicas entre los dos países,» ·
33 ·
Turquía. ·
«Deseando concluir un convenio para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta» ·
34 ·
Armenia. ·
«Deseando concluir un convenio para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y el patrimonio» ·
35 ·
Bulgaria. ·
«Deseando concluir un convenio para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta,» ·
36 ·
República Checa. ·
«Deseando concluir un convenio para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta,» ·
37 ·
Dinamarca. ·
«Deseando concluir un convenio para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta,» ·
38 ·
Egipto. ·
«Deseando concluir un convenio para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta,» ·
39 ·
Hungría. ·
«Deseando concluir un convenio para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta,» ·
40 ·
México. ·
«Deseando concluir un Acuerdo para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta,» ·
41 ·
Pakistán. ·
«Deseando concluir un convenio para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta» ·
42 ·
Portugal. ·
«Deseando concluir un convenio para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta» ·
43 ·
Rumanía. ·
«Deseando fomentar y reforzar las relaciones económicas entre los dos países sobre la base de la soberanía nacional y el respeto de la independencia, la plena igualdad de derechos, el beneficio mutuo y la no injerencia en asuntos internos, y concluir un convenio para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta» ·
44 ·
Rusia. ·
«Deseando concluir un convenio para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta» ·
45 ·
Serbia. ·
«Deseando concluir un convenio para evitar la doble imposición en materia de impuestos sobre la renta» ·
46 ·
España. ·
«Deseando concluir un convenio para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y sobre el patrimonio» ·
47 ·
Suecia. ·
«Deseando concluir un convenio para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta» ·
Notificaciones efectuadas como consecuencia de la ampliación del listado de convenios con posterioridad a la ratificación.
Habiendo incluido, en virtud del artículo 29.5 del convenio, nuevos convenios en el listado de convenios comprendidos y a efectos de lo dispuesto en el artículo 6.5 del convenio, la República de Indonesia considera que los siguientes convenios no contienen disposiciones de las descritas en el artículo 6.4 y contienen en el preámbulo la redacción mencionada en el artículo 6.2. A continuación, se reproduce el texto del párrafo correspondiente. El Depositario recibió y comunicó las notificaciones adicionales en las fechas que figuran a continuación.
Número del convenio en el listado ·
Otra jurisdicción contratante ·
Texto del preámbulo ·
Fecha de recepción/comunicación ·
48 ·
Austria. ·
«Deseando concluir un convenio para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y el patrimonio,» ·
Recepción: 27.11.2023.
Comunicación: 27.11.2023.
·
49 ·
Bielorrusia. ·
«Deseando concluir un convenio para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta;» ·
Recepción: 27.11.2023.
Comunicación: 27.11.2023.
·
50 ·
Alemania. ·
«Deseando concluir un convenio para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y el patrimonio con vistas a fomentar la inversión y el comercio mutuos» ·
Recepción: 27.11.2023.
Comunicación: 27.11.2023.
·
51 ·
Jordania. ·
«Deseando concluir un convenio para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta,» ·
Recepción: 27.11.2023.
Comunicación: 27.11.2023.
·
52 ·
Kuwait. ·
«Deseando fomentar sus relaciones económicas suprimiendo los obstáculos fiscales mediante la conclusión de un convenio para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y el patrimonio;» ·
Recepción: 27.11.2023.
Comunicación: 27.11.2023.
·
53 ·
Mongolia. ·
«Deseando concluir un convenio para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta,» ·
Recepción: 27.11.2023.
Comunicación: 27.11.2023.
·
54 ·
Marruecos. ·
«Deseando concluir un convenio para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta,» ·
Recepción: 27.11.2023.
Comunicación: 27.11.2023.
·
55 ·
Papúa Nueva Guinea. ·
«Deseando concluir un convenio para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta,» ·
Recepción: 27.11.2023.
Comunicación: 27.11.2023.
·
56 ·
Singapur (nuevo). ·
«Con la intención de concluir un convenio para eliminar la doble imposición en materia de impuestos sobre la renta sin generar oportunidades para la no imposición o para una imposición reducida mediante evasión o elusión fiscales (incluida la práctica de la búsqueda del convenio más favorable que persigue la obtención de los beneficios previstos en este convenio para el beneficio indirecto de residentes de terceras jurisdicciones)» ·
Recepción: 27.11.2023.
Comunicación: 27.11.2023.
·
57 ·
Sri Lanka. ·
«Deseando concluir un convenio para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta» ·
Recepción: 27.11.2023.
Comunicación: 27.11.2023.
·
58 ·
Túnez. ·
«Deseando concluir un convenio para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta,» ·
Recepción: 27.11.2023.
Comunicación: 27.11.2023.
·
59 ·
Ucrania. ·
«Deseando concluir un convenio para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y el patrimonio que confirme su empeño por desarrollar y profundizar en sus relaciones económicas,» ·
Recepción: 27.11.2023.
Comunicación: 27.11.2023.
·
60 ·
Emiratos Árabes Unidos (nuevo). ·
«Con la intención de eliminar la doble imposición en materia de impuestos sobre la renta sin generar oportunidades para la no imposición o para una imposición reducida mediante evasión o elusión fiscales (incluida la práctica de la búsqueda del convenio más favorable que persigue la obtención de los beneficios previstos en este convenio para el beneficio indirecto de residentes de terceras jurisdicciones).» ·
Recepción: 27.11.2023.
Comunicación: 27.11.2023.
·
Artículo 7. Medidas para impedir la utilización abusiva de los convenios.
Notificación de las disposiciones existentes en los convenios incluidos en el listado.
A efectos de lo dispuesto en el artículo 7.17.a) del convenio, la República de Indonesia considera que los siguientes convenios no están comprendidos en el ámbito de ninguna reserva formulada al amparo del artículo 7.15.b) y contienen disposiciones de las descritas en el artículo 7.2. A continuación, se señala el número del artículo y del apartado de cada una de estas disposiciones.
Número del convenio en el listado ·
Otra jurisdicción contratante ·
Disposición ·
6 ·
Hong Kong. ·
Artículos 10.7, 11.8 y 12.7. ·
7 ·
India. ·
Artículo 24.2 a 24.3. ·
9 ·
Laos. ·
Artículos 10.9, 11.9 12.7. ·
20 ·
Reino Unido. ·
Artículos 11.9 y 12.7. ·
40 ·
México. ·
Artículos 11.8 y 12.7. ·
44 ·
Rusia. ·
Artículo 26. ·
45 ·
Serbia. ·
Artículos 10.8, 11.8, 12.7 y 13.6. ·
Notificaciones efectuadas como consecuencia de la ampliación del listado de convenios con posterioridad a la ratificación.
Habiendo incluido, en virtud del artículo 29.5 del convenio, nuevos convenios en el listado de convenios comprendidos y a efectos de lo dispuesto en el artículo 7.17.a) del convenio, la República de Indonesia considera que los siguientes convenios no están comprendidos en el ámbito de ninguna reserva formulada al amparo del artículo 7.15.b) y contienen disposiciones de las descritas en el artículo 7.2. A continuación, se señala el número del artículo y del apartado de cada una de estas disposiciones. El Depositario recibió y comunicó las notificaciones adicionales en las fechas que figuran a continuación.
Número del convenio en el listado ·
Otra jurisdicción contratante ·
Disposición ·
Fecha de recepción/comunicación ·
55 ·
Papúa Nueva Guinea. ·
Artículo 11.8. ·
Recepción: 27.11.2023.
Comunicación: 27.11.2023.
·
56 ·
Singapur (nuevo). ·
Artículo 28. ·
Recepción: 27.11.2023.
Comunicación: 27.11.2023.
·
60 ·
Emiratos Árabes Unidos (nuevo). ·
Artículo 29. ·
Recepción: 27.6.2023.
Comunicación: 27/06/2023.
·
Artículo 8. Operaciones con dividendos.
Notificación de las disposiciones existentes en los convenios incluidos en el listado.
A efectos de lo dispuesto en el artículo 8.4 del convenio, la República de Indonesia considera que los siguientes convenios contienen disposiciones de las descritas en el artículo 8.1 que no están sujetas a reserva alguna en virtud del artículo 8.3.b). A continuación, se señala el número del artículo y del apartado de cada una de estas disposiciones.
Número del convenio en el listado ·
Otra jurisdicción contratante ·
Disposición ·
3 ·
Canadá. ·
Artículo 10.2.a). ·
5 ·
Francia. ·
Artículo 10.2.a). ·
8 ·
Japón. ·
Artículo 10.2.a). ·
12 ·
Países Bajos. ·
Artículo 10.2.a). ·
24 ·
Bélgica. ·
Artículo 10.2.a). ·
29 ·
Polonia. ·
Artículo 10.2.a). ·
32 ·
Sudáfrica. ·
Artículo 10.2.a). ·
34 ·
Armenia. ·
Artículo 10.2.a). ·
43 ·
Rumanía. ·
Artículo 10.2.a). ·
46 ·
España. ·
Artículo 10.2.a). ·
Notificación adicional posterior a la ratificación.
A efectos de lo dispuesto en los artículos 29.6 y 8.4 del convenio, la República de Indonesia considera que los siguientes convenios contienen disposiciones de las descritas en el artículo 6 que no están sujetas a reserva alguna en virtud del artículo 8.3.b). A continuación, se señala el número del artículo y del apartado de cada una de estas disposiciones. El Depositario recibió y comunicó las notificaciones adicionales en las fechas que figuran a continuación.
Número del convenio en el listado ·
Otra jurisdicción contratante ·
Disposición ·
Fecha de recepción/comunicación ·
14 ·
Filipinas. ·
Artículo 10.2.a). ·
Recepción: 27.11.2023.
Comunicación: 27.11.2023.
·
Notificaciones efectuadas como consecuencia de la ampliación del listado de convenios con posterioridad a la ratificación.
Habiendo incluido, en virtud del artículo 29.5 del convenio, nuevos convenios en el listado de convenios comprendidos y a efectos de lo dispuesto en el artículo 8.4 del convenio, la República de Indonesia considera que los siguientes convenios no contienen disposiciones de las descritas en el artículo 8.1 que no están sujetas a reserva alguna en virtud del artículo 8.3.b). A continuación, se señala el número del artículo y del apartado de cada una de estas disposiciones. El Depositario recibió y comunicó las notificaciones adicionales en las fechas que figuran a continuación.
Número del convenio en el listado ·
Otra jurisdicción contratante ·
Disposición ·
Fecha de recepción/comunicación ·
48 ·
Austria. ·
Artículo 10.2.a). ·
Recepción: 27.11.2023.
Comunicación: 27.11.2023.
·
50 ·
Alemania. ·
Artículo 10.1.a). ·
Recepción: 27.11.2023.
Comunicación: 27.11.2023.
·
56 ·
Singapur (nuevo). ·
Artículo 10.2.a). ·
Recepción: 27.11.2023.
Comunicación: 27.11.2023.
·
59 ·
Ucrania. ·
Artículo 10.2.a). ·
Recepción: 27.11.2023.
Comunicación: 27.11.2023.
·
Artículo 9. Ganancias de capital procedentes de la enajenación de acciones o derechos asimilables en entidades cuyo valor proceda principalmente de bienes inmuebles.
Notificación de la elección de las disposiciones opcionales.
A efectos de lo dispuesto en el artículo 9.8 del convenio, la República de Indonesia opta por aplicar el artículo 9.4.
Notificación de las disposiciones existentes en los convenios incluidos en el listado.
A efectos de lo dispuesto en el artículo 9.7 del convenio, la República de Indonesia considera que los siguientes convenios contienen disposiciones de las descritas en el artículo 9.1. A continuación, se señala el número del artículo y del apartado de cada una de estas disposiciones.
Número del convenio en el listado ·
Otra jurisdicción contratante ·
Disposición ·
1 ·
Australia. ·
Artículo 13.4. ·
3 ·
Canadá. ·
Artículo 13.3. ·
4 ·
China (República Popular). ·
Artículo 13.4. ·
5 ·
Francia. ·
Artículo 13.1. ·
6 ·
Hong Kong (Región Administrativa Especial). ·
Artículo 13.4. ·
7 ·
India. ·
Artículo 13.4. ·
9 ·
República Popular Democrática de Laos. ·
Artículo 13.4. ·
11 ·
Malasia. ·
Artículo 13.3. ·
14 ·
Filipinas. ·
Artículo 13.4. ·
23 ·
Vietnam. ·
Artículo 13.4. ·
25 ·
Croacia. ·
Artículo 13.4. ·
26 ·
Finlandia. ·
Artículo 13.2. ·
38 ·
Egipto. ·
Artículo 13.4. ·
40 ·
México. ·
Artículo 13.2. ·
45 ·
Serbia. ·
Artículo 13.4. ·
Notificaciones efectuadas como consecuencia de la ampliación del listado de convenios con posterioridad a la ratificación.
Habiendo incluido, en virtud del artículo 29.5 del convenio, nuevos convenios en el listado de convenios comprendidos y a efectos de lo dispuesto en el artículo 9.7 del convenio, la República de Indonesia considera que los siguientes convenios contienen disposiciones de las descritas en el artículo 9.1. A continuación, se señala el número del artículo y del apartado de cada una de estas disposiciones. El Depositario recibió y comunicó las notificaciones adicionales en las fechas que figuran a continuación.
Número del convenio en el listado ·
Otra jurisdicción contratante ·
Disposición ·
Fecha de recepción/comunicación ·
54 ·
Marruecos. ·
Artículo 13.4. ·
Recepción: 27.11.2023.
Comunicación: 27.11.2023.
·
56 ·
Singapur (nuevo). ·
Artículo 13.4. ·
Recepción: 27.11.2023.
Comunicación: 27.11.2023.
·
59 ·
Ucrania. ·
Artículo 13.3. ·
Recepción: 27.11.2023.
Comunicación: 27.11.2023.
·
60 ·
Emiratos Árabes Unidos (nuevo). ·
Artículo 13.4. ·
Recepción: 27.11.2023.
Comunicación: 27.11.2023.
·
Artículo 10. Norma antiabuso para establecimientos permanentes situados en terceras jurisdicciones.
Reserva.
En virtud del artículo 10.5.a) del convenio, la República de Indonesia se reserva el derecho a no aplicar nada de lo dispuesto en el artículo 10 a sus convenios fiscales comprendidos.
Artículo 11. Aplicación de los convenios fiscales para restringir el derecho de una Parte a someter a imposición a sus propios residentes.
Notificación de las disposiciones existentes en los convenios incluidos en el listado.
A efectos de lo dispuesto en el artículo 11.4 del convenio, la República de Indonesia considera que los siguientes convenios contienen disposiciones de las descritas en el artículo 11.2. A continuación, se señala el número del artículo y del apartado de cada una de estas disposiciones.
Número del convenio en el listado ·
Otra jurisdicción contratante ·
Disposición ·
20 ·
Reino Unido. ·
Artículo 22. ·
Notificaciones efectuadas como consecuencia de la ampliación del listado de convenios con posterioridad a la ratificación.
Habiendo incluido, en virtud del artículo 29.5 del convenio, nuevos convenios en el listado de convenios comprendidos y a efectos de lo dispuesto en el artículo 11.4 del convenio, la República de Indonesia considera que los siguientes convenios contienen disposiciones de las descritas en el artículo 11.2. A continuación, se señala el número del artículo y del apartado de cada una de estas disposiciones. El Depositario recibió y comunicó las notificaciones adicionales en las fechas que figuran a continuación.
Número del convenio en el listado ·
Otra jurisdicción contratante ·
Disposición ·
Fecha de recepción/comunicación ·
60 ·
Emiratos Árabes Unidos (nuevo). ·
Artículo 1.2. ·
Recepción: 27.11.2023.
Comunicación: 27.11.2023.
·
Artículo 12. Elusión artificiosa del estatus de establecimiento permanente a través de acuerdos de comisión y estrategias similares.
Notificación de las disposiciones existentes en los convenios incluidos en el listado.
A efectos de lo dispuesto en el artículo 12.5 del convenio, la República de Indonesia considera que los siguientes convenios contienen disposiciones de las descritas en el artículo 12.3.a). A continuación, se señala el número del artículo y del apartado de cada una de estas disposiciones.
Número del convenio en el listado ·
Otra jurisdicción contratante ·
Disposición ·
1 ·
Australia. ·
Artículo 5.4.b). ·
2 ·
Brunéi Darusalam. ·
Artículo 5.4.a). ·
3 ·
Canadá. ·
Artículo 5.4.a). ·
4 ·
China (República Popular). ·
Artículo 5.5.a). ·
5 ·
Francia. ·
Artículo 5.4.a). ·
6 ·
Hong Kong (Región Administrativa Especial). ·
Artículo 5.5.a). ·
7 ·
India. ·
Artículo 5.5.a). ·
8 ·
Japón. ·
Artículo 5.6.a). ·
9 ·
República Popular Democrática de Laos. ·
Artículo 5.5.a). ·
10 ·
Luxemburgo. ·
Artículo 5.5.a). ·
11 ·
Malasia. ·
Artículo 5.5.a). ·
12 ·
Países Bajos. ·
Artículo 5.5.a). ·
13 ·
Nueva Zelanda. ·
Artículo 5.5.a). ·
14 ·
Filipinas. ·
Artículo 5.4.a). ·
15 ·
Singapur. ·
Artículo 5.5.a). ·
16 ·
Seychelles. ·
Artículo 5.5.a). ·
17 ·
República de Corea. ·
Artículo 5.5.a). ·
18 ·
Suiza. ·
Artículo 5.4.a). ·
19 ·
Tailandia. ·
Artículo 5.5.a). ·
20 ·
Reino Unido. ·
Artículo 5.5.a). ·
21 ·
Emiratos Árabes Unidos. ·
Artículo 5.5.a). ·
22 ·
Estados Unidos de América. ·
Artículo 5.4.a). ·
23 ·
Vietnam. ·
Artículo 5.5.a). ·
24 ·
Bélgica. ·
Artículo 5.5.a). ·
25 ·
Croacia. ·
Artículo 5.5. ·
26 ·
Finlandia. ·
Artículo 5.5.a). ·
27 ·
Italia. ·
Artículo 5.4.a). ·
28 ·
Noruega. ·
Artículo 5.5.a). ·
29 ·
Polonia. ·
Artículo 5.5.a). ·
30 ·
Qatar. ·
Artículo 5.5.a). ·
31 ·
Eslovaquia. ·
Artículo 5.5.a). ·
32 ·
Sudáfrica. ·
Artículo 5.5. ·
33 ·
Turquía. ·
Artículo 5.5.a). ·
34 ·
Armenia. ·
Artículo 5.5.a). ·
35 ·
Bulgaria. ·
Artículo 5.5. ·
36 ·
República Checa. ·
Artículo 5.5. ·
37 ·
Dinamarca. ·
Artículo 5.5.a). ·
38 ·
Egipto. ·
Artículo 5.5.a). ·
39 ·
Hungría. ·
Artículo 5.5.a). ·
40 ·
México. ·
Artículo 5.5.a). ·
41 ·
Pakistán. ·
Artículo 5.5.a). ·
42 ·
Portugal. ·
Artículo 5.5. ·
43 ·
Rumanía. ·
Artículo 5.5.a). ·
44 ·
Rusia. ·
Artículo 5.5.a). ·
45 ·
Serbia. ·
Artículo 5. ·
46 ·
España. ·
Artículo 5.5.a). ·
47 ·
Suecia. ·
Artículo 5.4.a). ·
Notificaciones efectuadas como consecuencia de la ampliación del listado de convenios con posterioridad a la ratificación.
Habiendo incluido, en virtud del artículo 29.5 del convenio, nuevos convenios en el listado de convenios comprendidos y a efectos de lo dispuesto en el artículo 12.5 del convenio, la República de Indonesia considera que los siguientes convenios contienen disposiciones de las descritas en el artículo 12.3.a). A continuación, se señala el número del artículo y del apartado de cada una de estas disposiciones. El Depositario recibió y comunicó las notificaciones adicionales en las fechas que figuran a continuación.
Número del convenio en el listado ·
Otra jurisdicción contratante ·
Disposición ·
Fecha de recepción/comunicación ·
48 ·
Austria. ·
Artículo 5.5.a). ·
Recepción: 27.11.2023.
Comunicación: 27.11.2023.
·
49 ·
Bielorrusia. ·
Artículo 5.5.a). ·
Recepción: 27.11.2023.
Comunicación: 27.11.2023.
·
50 ·
Alemania. ·
Artículo 5.5.a). ·
Recepción: 27.11.2023.
Comunicación: 27.11.2023.
·
51 ·
Jordania. ·
Artículo 5.5.a). ·
Recepción: 27.11.2023.
Comunicación: 27.11.2023.
·
52 ·
Kuwait. ·
Artículo 5.7.a). ·
Recepción: 27.11.2023.
Comunicación: 27.11.2023.
·
53 ·
Mongolia. ·
Artículo 5.5.a). ·
Recepción: 27.11.2023.
Comunicación: 27.11.2023.
·
54 ·
Marruecos. ·
Artículo 5.5.a). ·
Recepción: 27.11.2023.
Comunicación: 27.11.2023.
·
55 ·
Papúa Nueva Guinea. ·
Artículo 5.5.a). ·
Recepción: 27.11.2023.
Comunicación: 27.11.2023.
·
56 ·
Singapur (nuevo). ·
Artículo 5.5.a). ·
Recepción: 27.11.2023.
Comunicación: 27.11.2023.
·
57 ·
Sri Lanka. ·
Artículo 5.5.a). ·
Recepción: 27.11.2023.
Comunicación: 27.11.2023.
·
58 ·
Túnez. ·
Artículo 5.5.a). ·
Recepción: 27.11.2023.
Comunicación: 27.11.2023.
·
59 ·
Ucrania. ·
Artículo 5.5.a). ·
Recepción: 27.11.2023.
Comunicación: 27.11.2023.
·
60 ·
Emiratos Árabes Unidos (nuevo). ·
Artículo 5.5.a) y 5.5.1. ·
Recepción: 27.11.2023.
Comunicación: 27.11.2023.
·
A efectos de lo dispuesto en el artículo 12.6 del convenio, la República de Indonesia considera que los siguientes convenios contienen disposiciones de las descritas en el artículo 12.3.b). A continuación, se señala el número del artículo y del apartado de cada una de estas disposiciones.
Número del convenio en el listado ·
Otra jurisdicción contratante ·
Disposición ·
1 ·
Australia. ·
Artículo 5.5. ·
2 ·
Brunéi Darusalam. ·
Artículo 5.6. ·
3 ·
Canadá. ·
Artículo 5.6. ·
4 ·
China (República Popular). ·
Artículo 5.7. ·
5 ·
Francia. ·
Artículo 5.6. ·
6 ·
Hong Kong (Región Administrativa Especial). ·
Artículo 5.6. ·
7 ·
India. ·
Artículo 5.7. ·
8 ·
Japón. ·
Artículo 5.8 y apartado 1 del Protocolo. ·
9 ·
República Popular Democrática de Laos. ·
Artículo 5.7. ·
10 ·
Luxemburgo. ·
Artículo 5.7. ·
11 ·
Malasia. ·
Artículo 5.6. ·
12 ·
Países Bajos. ·
Artículo 5.7. ·
13 ·
Nueva Zelanda. ·
Artículo 5.6. ·
14 ·
Filipinas. ·
Artículo 5.6. ·
15 ·
Singapur. ·
Artículo 5.7. ·
16 ·
Seychelles. ·
Artículo 5.6. ·
17 ·
República de Corea. ·
Artículo 5.7. ·
18 ·
Suiza. ·
Artículo 5.6. ·
19 ·
Tailandia. ·
Artículo 5.7. ·
20 ·
Reino Unido. ·
Artículo 5.7. ·
21 ·
Emiratos Árabes Unidos. ·
Artículo 5.6. ·
22 ·
Estados Unidos de América. ·
Artículo 5.5. ·
23 ·
Vietnam. ·
Artículo 5.7. ·
24 ·
Bélgica. ·
Artículo 5.6. ·
25 ·
Croacia. ·
Artículo 5.6. ·
26 ·
Finlandia. ·
Artículo 5.7. ·
27 ·
Italia. ·
Artículo 5.6. ·
28 ·
Noruega. ·
Artículo 5.7. ·
29 ·
Polonia. ·
Artículo 5.7. ·
30 ·
Qatar. ·
Artículo 5.7. ·
31 ·
Eslovaquia. ·
Artículo 5.6. ·
32 ·
Sudáfrica. ·
Artículo 5.6. ·
33 ·
Turquía. ·
Artículo 5.6. ·
34 ·
Armenia. ·
Artículo 5.7. ·
35 ·
Bulgaria. ·
Artículo 5.6. ·
36 ·
República Checa. ·
Artículo 5.7. ·
37 ·
Dinamarca. ·
Artículo 5.6. ·
38 ·
Egipto. ·
Artículo 5.7. ·
39 ·
Hungría. ·
Artículo 5.7. ·
40 ·
México. ·
Artículo 5.7. ·
41 ·
Pakistán. ·
Artículo 5.7. ·
42 ·
Portugal. ·
Artículo 5.6. ·
43 ·
Rumanía. ·
Artículo 5.7. ·
44 ·
Rusia. ·
Artículo 5.7. ·
45 ·
Serbia. ·
Artículo 5.7. ·
46 ·
España. ·
Artículo 5.7. ·
47 ·
Suecia. ·
Artículo 5.6. ·
Notificaciones efectuadas como consecuencia de la ampliación del listado de convenios con posterioridad a la ratificación.
Habiendo incluido, en virtud del artículo 29.5 del convenio, nuevos convenios en el listado de convenios comprendidos y a efectos de lo dispuesto en el artículo 12.6 del convenio, la República de Indonesia considera que los siguientes convenios contienen disposiciones de las descritas en el artículo 12.3.b). A continuación, se señala el número del artículo y del apartado de cada una de estas disposiciones. El Depositario recibió y comunicó las notificaciones adicionales en las fechas que figuran a continuación.
Número del convenio en el listado ·
Otra jurisdicción contratante ·
Disposición ·
Fecha de recepción/comunicación ·
48 ·
Austria. ·
Artículo 5.7. ·
Recepción: 27.11.2023.
Comunicación: 27.11.2023.
·
49 ·
Bielorrusia. ·
Artículo 5.6. ·
Recepción: 27.11.2023.
Comunicación: 27.11.2023.
·
50 ·
Alemania. ·
Artículo 5.7. ·
Recepción: 27.11.2023.
Comunicación: 27.11.2023.
·
51 ·
Jordania. ·
Artículo 5.7. ·
Recepción: 27.11.2023.
Comunicación: 27.11.2023.
·
52 ·
Kuwait. ·
Artículo 5.9. ·
Recepción: 27.11.2023.
Comunicación: 27.11.2023.
·
53 ·
Mongolia. ·
Artículo 5.7. ·
Recepción: 27.11.2023.
Comunicación: 27.11.2023.
·
54 ·
Marruecos. ·
Artículo 5.7. ·
Recepción: 27.11.2023.
Comunicación: 27.11.2023.
·
55 ·
Papúa Nueva Guinea. ·
Artículo 5.6. ·
Recepción: 27.11.2023.
Comunicación: 27.11.2023.
·
56 ·
Singapur (nuevo). ·
Artículo 5.7. ·
Recepción: 27.11.2023.
Comunicación: 27.11.2023.
·
57 ·
Sri Lanka. ·
Artículo 5.7. ·
Recepción: 27.11.2023.
Comunicación: 27.11.2023.
·
58 ·
Túnez. ·
Artículo 5.6. ·
Recepción: 27.11.2023.
Comunicación: 27.11.2023.
·
59 ·
Ucrania. ·
Artículo 5.6. ·
Recepción: 27.11.2023.
Comunicación: 27.11.2023.
·
60 ·
Emiratos Árabes Unidos (nuevo). ·
Artículo 5.6. ·
Recepción: 27.11.2023.
Comunicación: 27.11.2023.
·
Artículo 13. Elusión artificiosa del estatus de establecimiento permanente a través de exenciones de actividades concretas.
Notificación de la elección de las disposiciones opcionales.
A efectos de lo dispuesto en el artículo 13.7 del convenio, la República de Indonesia opta, conforme al artículo 13.1, por aplicar la Opción A.
Notificación de las disposiciones existentes en los convenios incluidos en el listado.
A efectos de lo dispuesto en el artículo 13.7 del convenio, la República de Indonesia considera que los siguientes convenios contienen disposiciones de las descritas en el artículo 13.5.a). A continuación, se señala el número del artículo y del apartado de cada una de estas disposiciones.
Número del convenio en el listado ·
Otra jurisdicción contratante ·
Disposición ·
1 ·
Australia. ·
Artículo 5.3. ·
2 ·
Brunéi Darusalam. ·
Artículo 5.3. ·
3 ·
Canadá. ·
Artículo 5.3. ·
4 ·
China (República Popular). ·
Artículo 5.4. ·
5 ·
Francia. ·
Artículo 5.3. ·
6 ·
Hong Kong (Región Administrativa Especial). ·
Artículo 5.4. ·
7 ·
India. ·
Artículo 5.4. ·
8 ·
Japón. ·
Artículo 5.4. ·
9 ·
República Popular Democrática de Laos. ·
Artículo 5.4. ·
10 ·
Luxemburgo. ·
Artículo 5.4. ·
11 ·
Malasia. ·
Artículo 5.3. ·
12 ·
Países Bajos. ·
Artículo 5.4. ·
13 ·
Nueva Zelanda. ·
Artículo 5.4. ·
14 ·
Filipinas. ·
Artículo 5.3. ·
15 ·
Singapur. ·
Artículo 5.3. ·
16 ·
Seychelles. ·
Artículo 5.4. ·
17 ·
República de Corea. ·
Artículo 5.4. ·
18 ·
Suiza. ·
Artículo 5.3. ·
19 ·
Tailandia. ·
Artículo 5.4. ·
20 ·
Reino Unido. ·
Artículo 5.4. ·
21 ·
Emiratos Árabes Unidos. ·
Artículo 5.4. ·
22 ·
Estados Unidos de América. ·
Artículo 5.3 y Protocolo (ad artículo 5.3). ·
23 ·
Vietnam. ·
Artículo 5.4. ·
24 ·
Bélgica. ·
Artículo 5.4. ·
25 ·
Croacia. ·
Artículo 5.4. ·
26 ·
Finlandia. ·
Artículo 5.4. ·
27 ·
Italia. ·
Artículo 5.3 y letra a) del Protocolo. ·
28 ·
Noruega. ·
Artículo 5.4. ·
29 ·
Polonia. ·
Artículo 5.4. ·
30 ·
Qatar. ·
Artículo 5.4. ·
31 ·
Eslovaquia. ·
Artículo 5.4. ·
32 ·
Sudáfrica. ·
Artículo 5.4. ·
33 ·
Turquía. ·
Artículo 5.4. ·
34 ·
Armenia. ·
Artículo 5.4. ·
35 ·
Bulgaria. ·
Artículo 5.4. ·
36 ·
República Checa. ·
Artículo 5.4. ·
37 ·
Dinamarca. ·
Artículo 5.4. ·
38 ·
Egipto. ·
Artículo 5.4. ·
39 ·
Hungría. ·
Artículo 5.4 y apartados 2, 3 y 4 del Protocolo. ·
40 ·
México. ·
Artículo 5.4. ·
41 ·
Pakistán. ·
Artículo 5.4. ·
42 ·
Portugal. ·
Artículo 5.4. ·
43 ·
Rumanía. ·
Artículo 5.4. ·
44 ·
Rusia. ·
Artículo 5.4. ·
45 ·
Serbia. ·
Artículo 5.4. ·
46 ·
España. ·
Artículo 4 y apartado 1 del Protocolo. ·
47 ·
Suecia. ·
Artículo 5.3. ·
Notificaciones efectuadas como consecuencia de la ampliación del listado de convenios con posterioridad a la ratificación.
Habiendo incluido, en virtud del artículo 29.5 del convenio, nuevos convenios en el listado de convenios comprendidos y a efectos de lo dispuesto en el artículo 13.7 del convenio, la República de Indonesia considera que los siguientes convenios contienen disposiciones de las descritas en el artículo 13.5.a). A continuación, se señala el número del artículo y del apartado de cada una de estas disposiciones. El Depositario recibió y comunicó las notificaciones adicionales en las fechas que figuran a continuación.
Número del convenio en el listado ·
Otra jurisdicción contratante ·
Disposición ·
Fecha de recepción/comunicación ·
48 ·
Austria ·
Artículo 5.4 ·
Recepción: 27.11.2023.
Comunicación: 27.11.2023.
·
49 ·
Bielorrusia ·
Artículo 5.4 ·
Recepción: 27.11.2023.
Comunicación: 27.11.2023.
·
50 ·
Alemania ·
Artículo 5.4 ·
Recepción: 27.11.2023.
Comunicación: 27.11.2023.
·
51 ·
Jordania ·
Artículo 5.4 ·
Recepción: 27.11.2023.
Comunicación: 27.11.2023.
·
52 ·
Kuwait ·
Artículo 5.6 ·
Recepción: 27.11.2023.
Comunicación: 27.11.2023.
·
53 ·
Mongolia ·
Artículo 5.4 ·
Recepción: 27.11.2023.
Comunicación: 27.11.2023.
·
54 ·
Marruecos ·
Artículo 5.4 ·
Recepción: 27.11.2023.
Comunicación: 27.11.2023.
·
55 ·
Papúa Nueva Guinea ·
Artículo 5.4 ·
Recepción: 27.11.2023.
Comunicación: 27.11.2023.
·
56 ·
Singapur (nuevo) ·
Artículo 5.3 ·
Recepción: 27.11.2023.
Comunicación: 27.11.2023.
·
57 ·
Sri Lanka ·
Artículo 5.4 ·
Recepción: 27.11.2023.
Comunicación: 27.11.2023.
·
58 ·
Túnez ·
Artículo 5.4 ·
Recepción: 27.11.2023.
Comunicación: 27.11.2023.
·
59 ·
Ucrania ·
Artículo 5.4 ·
Recepción: 27.11.2023.
Comunicación: 27.11.2023.
·
60 ·
Emiratos Árabes Unidos (nuevo) ·
Artículo 5.4 ·
Recepción: 27.11.2023.
Comunicación: 27.11.2023.
·
Artículo 14. Fragmentación de contratos.
Notificación de las disposiciones existentes en los convenios incluidos en el listado.
A efectos de lo dispuesto en el artículo 14.4 del convenio, la República de Indonesia considera que los siguientes convenios contienen disposiciones de las descritas en el artículo 14.2 que no están sujetas a reserva alguna en virtud del artículo 14.3.b). A continuación, se señala el número del artículo y del apartado de cada una de estas disposiciones.
Número del convenio en el listado ·
Otra jurisdicción contratante ·
Disposición ·
13 ·
Nueva Zelanda. ·
Protocolo (ad artículo 5.b), segunda y tercera frase). ·
12 ·
Países Bajos. ·
Artículo 25. ·
28 ·
Noruega. ·
Artículo 21. ·
Artículo 16. Procedimiento amistoso.
Reserva.
En virtud del artículo 16.5.a) del convenio, la República de Indonesia se reserva el derecho a no aplicar la primera frase del artículo 16.1 a sus convenios fiscales comprendidos, dado que su intención es cumplir el estándar mínimo para la mejora de la resolución de controversias conforme al Paquete BEPS de la OCDE/G20, garantizando que, al amparo de cada uno de sus convenios fiscales comprendidos (distintos de aquellos que permitan a una persona presentar un caso a la autoridad competente de cualquiera de las jurisdicciones contratantes), cuando una persona considere que las acciones adoptadas por una o por ambas jurisdicciones contratantes implican o pueden implicar para ella una imposición no conforme con las disposiciones del convenio fiscal comprendido, podrá, con independencia de los recursos previstos por el Derecho interno de esas jurisdicciones contratantes, someter su caso a la autoridad competente de la jurisdicción contratante de la que sea residente o, cuando el caso esté comprendido en el ámbito de una disposición de un convenio fiscal comprendido relativa a la no discriminación por razón de nacionalidad, a la autoridad competente de la jurisdicción contratante de la que sea nacional y la autoridad competente de esa jurisdicción contratante instituirá un proceso bilateral de notificación o de consulta con la autoridad competente de la otra jurisdicción contratante para aquellos casos en los que la autoridad competente ante la que se presentó la solicitud de procedimiento amistoso no considere justificada la objeción planteada por el contribuyente.
Notificación de las disposiciones existentes en los convenios incluidos en el listado.
A efectos de lo dispuesto en el artículo 16.6.b).i) del convenio, la República de Indonesia considera que los siguientes convenios contienen una disposición por la que los casos a los que resulte aplicable la primera frase del artículo 16.1 deben presentarse en un plazo de tiempo inferior a tres años contados desde la primera notificación de la acción que genera una imposición no conforme con las disposiciones del convenio fiscal comprendido. A continuación, se señala el número del artículo y del apartado de cada una de estas disposiciones.
Número del convenio en el listado ·
Otra jurisdicción contratante ·
Disposición ·
3 ·
Canadá. ·
Artículo 24.1, segunda frase. ·
10 ·
Luxemburgo. ·
Artículo 25.1, segunda frase. ·
13 ·
Nueva Zelanda. ·
Artículo 24.1, segunda frase. ·
14 ·
Filipinas. ·
Artículo 25.1, segunda frase. ·
16 ·
Seychelles. ·
Artículo 25.1, segunda frase. ·
18 ·
Suiza. ·
Artículo 23.1, segunda frase. ·
19 ·
Tailandia. ·
Artículo 25.1, segunda frase. ·
21 ·
Emiratos Árabes Unidos. ·
Artículo 25.1, segunda frase. ·
27 ·
Italia. ·
Artículo 25.1, segunda frase. ·
29 ·
Polonia. ·
Artículo 24.1, segunda frase. ·
30 ·
Qatar. ·
Artículo 25.1, segunda frase. ·
32 ·
Sudáfrica. ·
Artículo 24.1, segunda frase. ·
35 ·
Bulgaria. ·
Artículo 24.1, segunda frase. ·
38 ·
Egipto. ·
Artículo 25.1, segunda frase. ·
39 ·
Hungría. ·
Artículo 25.1, segunda frase. ·
41 ·
Pakistán. ·
Artículo 26.1, segunda frase. ·
42 ·
Portugal. ·
Artículo 25.1, segunda frase. ·
43 ·
Rumanía. ·
Artículo 26.1, segunda frase. ·
44 ·
Rusia. ·
Artículo 23.1, segunda frase. ·
45 ·
Serbia. ·
Artículo 25.1, segunda frase. ·
46 ·
España. ·
Artículo 26.1, segunda frase. ·
Notificaciones efectuadas como consecuencia de la ampliación del listado de convenios con posterioridad a la ratificación.
Habiendo incluido, en virtud del artículo 29.5 del convenio, nuevos convenios en el listado de convenios comprendidos y a efectos de lo dispuesto en el artículo 16.6.b).i) del convenio, la República de Indonesia considera que los siguientes convenios contienen una disposición por la que los casos a los que resulte aplicable la primera frase del artículo 16.1 deben presentarse en un plazo de tiempo de, al menos, tres años contados desde la primera notificación de la acción que genera una imposición no conforme con las disposiciones del convenio fiscal comprendido. A continuación, se señala el número del artículo y del apartado de cada una de estas disposiciones. El Depositario recibió y comunicó las notificaciones adicionales en las fechas que figuran a continuación.
Número del convenio en el listado ·
Otra jurisdicción contratante ·
Disposición ·
Fecha de recepción/comunicación ·
48 ·
Austria. ·
Artículo 26.1, segunda frase. ·
Recepción: 27.11.2023.
Comunicación: 27.11.2023.
·
50 ·
Alemania. ·
Artículo 25.1, segunda frase. ·
Recepción: 27.11.2023.
Comunicación: 27.11.2023.
·
51 ·
Jordania. ·
Artículo 25.1, segunda frase. ·
Recepción: 27.11.2023.
Comunicación: 27.11.2023.
·
57 ·
Sri Lanka. ·
Artículo 25.1, segunda frase. ·
Recepción: 27.11.2023.
Comunicación: 27.11.2023.
·
59 ·
Ucrania. ·
Artículo 25.1, segunda frase. ·
Recepción: 27.11.2023.
Comunicación: 27.11.2023.
·
60 ·
Emiratos Árabes Unidos (nuevo). ·
Artículo 25.1, segunda frase. ·
Recepción: 27.11.2023.
Comunicación: 27.11.2023.
·
A efectos de lo dispuesto en el artículo 16.6.b).ii) del convenio, la República de Indonesia considera que los siguientes convenios contienen una disposición por la que los casos a los que resulte aplicable la primera frase del artículo 16.1 deben presentarse en un plazo de tiempo de, al menos, tres años contados desde la primera notificación de la acción que genera una imposición no conforme con las disposiciones del convenio fiscal comprendido. A continuación, se señala el número del artículo y del apartado de cada una de estas disposiciones.
Número del convenio en el listado ·
Otra jurisdicción contratante ·
Disposición ·
1 ·
Australia. ·
Artículo 25.1, segunda frase. ·
2 ·
Brunéi Darusalam. ·
Artículo 26.1, segunda frase. ·
4 ·
China (República Popular). ·
Artículo 25.1, segunda frase. ·
5 ·
Francia. ·
Artículo 26.1, segunda frase. ·
6 ·
Hong Kong (Región Administrativa Especial). ·
Artículo 24.1, segunda frase. ·
7 ·
India. ·
Artículo 26.1, segunda frase. ·
8 ·
Japón. ·
Artículo 25.1, segunda frase. ·
9 ·
República Popular Democrática de Laos. ·
Artículo 25.1, segunda frase. ·
11 ·
Malasia. ·
Artículo 24.1, segunda frase. ·
12 ·
Países Bajos. ·
Artículo 27.1, segunda frase. ·
15 ·
Singapur. ·
Artículo 25.1, segunda frase. ·
17 ·
República de Corea. ·
Artículo 25.1, segunda frase. ·
22 ·
Estados Unidos de América. ·
Artículo 25.1, segunda frase. ·
23 ·
Vietnam. ·
Artículo 25.1, segunda frase. ·
24 ·
Bélgica. ·
Artículo 24.1, segunda frase. ·
25 ·
Croacia. ·
Artículo 24.1, segunda frase. ·
26 ·
Finlandia. ·
Artículo 24.1, segunda frase. ·
28 ·
Noruega. ·
Artículo 26.1, segunda frase. ·
31 ·
Eslovaquia. ·
Artículo 25.1, segunda frase. ·
34 ·
Armenia. ·
Artículo 26.1, segunda frase. ·
37 ·
Dinamarca. ·
Artículo 25.1, segunda frase. ·
40 ·
México. ·
Artículo 25.2. ·
47 ·
Suecia. ·
Artículo 25.1, segunda frase. ·
Notificaciones efectuadas como consecuencia de la ampliación del listado de convenios con posterioridad a la ratificación.
Habiendo incluido, en virtud del artículo 29.5 del convenio, nuevos convenios en el listado de convenios comprendidos y a efectos de lo dispuesto en el artículo 16.6.b).ii) del convenio, la República de Indonesia considera que los siguientes convenios contienen una disposición por la que los casos a los que resulte aplicable la primera frase del artículo 16.1 deben presentarse en un plazo de tiempo de, al menos, tres años contados desde la primera notificación de la acción que genera una imposición no conforme con las disposiciones del convenio fiscal comprendido. A continuación, se señala el número del artículo y del apartado de cada una de estas disposiciones. El Depositario recibió y comunicó las notificaciones adicionales en las fechas que figuran a continuación.
Número del convenio en el listado ·
Otra jurisdicción contratante ·
Disposición ·
Fecha de recepción/comunicación ·
49 ·
Bielorrusia. ·
Artículo 25.1, segunda frase. ·
Recepción: 27.11.2023.
Comunicación: 27.11.2023.
·
52 ·
Kuwait. ·
Artículo 26.1, segunda frase. ·
Recepción: 27.11.2023.
Comunicación: 27.11.2023.
·
53 ·
Mongolia. ·
Artículo 25.1, segunda frase. ·
Recepción: 27.11.2023.
Comunicación: 27.11.2023.
·
54 ·
Marruecos. ·
Artículo 25.1, segunda frase. ·
Recepción: 27.11.2023.
Comunicación: 27.11.2023.
·
55 ·
Papúa Nueva Guinea. ·
Artículo 26.1, segunda frase. ·
Recepción: 27.11.2023.
Comunicación: 27.11.2023.
·
56 ·
Singapur (nuevo). ·
Artículo 25.1, segunda frase. ·
Recepción: 27.11.2023.
Comunicación: 27.11.2023.
·
58 ·
Túnez. ·
Artículo 24.1, segunda frase. ·
Recepción: 27.11.2023.
Comunicación: 27.11.2023.
·
Notificación de los convenios incluidos en el listado que no contienen determinadas disposiciones.
A efectos de lo dispuesto en el artículo 16.6.c).ii) del convenio, la República de Indonesia considera que los siguientes convenios no contienen disposiciones de las descritas en el artículo 16.4.b).ii).
Número del convenio en el listado ·
Otra jurisdicción contratante ·
2 ·
Brunéi Darusalam. ·
3 ·
Canadá. ·
4 ·
China (República Popular). ·
5 ·
Francia. ·
10 ·
Luxemburgo. ·
11 ·
Malasia. ·
12 ·
Países Bajos. ·
13 ·
Nueva Zelanda. ·
14 ·
Filipinas. ·
16 ·
Seychelles. ·
18 ·
Suiza. ·
19 ·
Tailandia. ·
20 ·
Reino Unido. ·
21 ·
Emiratos Árabes Unidos. ·
23 ·
Vietnam. ·
24 ·
Bélgica. ·
25 ·
Croacia. ·
27 ·
Italia. ·
29 ·
Polonia. ·
30 ·
Qatar. ·
31 ·
Eslovaquia. ·
33 ·
Turquía. ·
34 ·
Armenia. ·
35 ·
Bulgaria. ·
36 ·
República Checa. ·
38 ·
Egipto. ·
40 ·
México. ·
42 ·
Portugal. ·
43 ·
Rumanía. ·
44 ·
Rusia. ·
45 ·
Serbia. ·
46 ·
España. ·
Notificación adicional posterior a la ratificación.
A efectos de lo dispuesto en los artículos 29.6 y 16.6.c).ii) del convenio, la República de Indonesia considera que los siguientes convenios no contienen disposiciones de las descritas en el artículo 16.4.b).ii). El Depositario recibió y comunicó las notificaciones adicionales en las fechas que figuran a continuación.
Número del convenio en el listado ·
Otra jurisdicción contratante ·
Fecha de recepción/comunicación ·
32 ·
Sudáfrica. ·
Recepción: 27.11.2023.
Comunicación: 27.11.2023.
·
Notificaciones efectuadas como consecuencia de la ampliación del listado de convenios con posterioridad a la ratificación.
Habiendo incluido, en virtud del artículo 29.5 del convenio, nuevos convenios en el listado de convenios comprendidos y a efectos de lo dispuesto en el artículo 16.6.c).ii) del Convenio, la República de Indonesia considera que los siguientes convenios no contienen disposiciones de las descritas en el artículo 16.4.b).ii). El Depositario recibió y comunicó las notificaciones adicionales en las fechas que figuran a continuación.
Número del convenio en el listado ·
Otra jurisdicción contratante ·
Fecha de recepción/comunicación ·
48 ·
Austria. ·
Recepción: 27.11.2023.
Comunicación: 27.11.2023.
·
49 ·
Bielorrusia. ·
Recepción: 27.11.2023.
Comunicación: 27.11.2023.
·
51 ·
Jordania. ·
Recepción: 27.11.2023.
Comunicación: 27.11.2023.
·
52 ·
Kuwait. ·
Recepción: 27.11.2023.
Comunicación: 27.11.2023.
·
53 ·
Mongolia. ·
Recepción: 27.11.2023.
Comunicación: 27.11.2023.
·
54 ·
Marruecos. ·
Recepción: 27.11.2023.
Comunicación: 27.11.2023.
·
55 ·
Papúa Nueva Guinea. ·
Recepción: 27.11.2023.
Comunicación: 27.11.2023.
·
57 ·
Sri Lanka. ·
Recepción: 27.11.2023.
Comunicación: 27.11.2023.
·
58 ·
Túnez. ·
Recepción: 27.11.2023.
Comunicación: 27.11.2023.
·
59 ·
Ucrania. ·
Recepción: 27.11.2023.
Comunicación: 27.11.2023.
·
60 ·
Emiratos Árabes Unidos (nuevo). ·
Recepción: 27.11.2023.
Comunicación: 27.11.2023.
·
A efectos de lo dispuesto en el artículo 16.6.d).i) del convenio, la República de Indonesia considera que los siguientes convenios no contienen disposiciones de las descritas en el artículo 16.4.c).i).
Número del convenio en el listado ·
Otra jurisdicción contratante ·
1 ·
Australia. ·
5 ·
Francia. ·
22 ·
Estados Unidos de América. ·
A efectos de lo dispuesto en el artículo 16.6.d).ii) del convenio, la República de Indonesia considera que los siguientes convenios no contienen disposiciones de las descritas en el artículo 16.4.c).ii).
Número del convenio en el listado ·
Otra jurisdicción contratante ·
1 ·
Australia. ·
3 ·
Canadá. ·
20 ·
Reino Unido. ·
24 ·
Bélgica. ·
27 ·
Italia. ·
37 ·
Dinamarca. ·
Artículo 17. Ajustes correlativos.
Notificación de las disposiciones existentes en los convenios incluidos en el listado.
A efectos de lo dispuesto en el artículo 17.4 del convenio, la República de Indonesia considera que los siguientes convenios contienen disposiciones de las descritas en el artículo 17.2. A continuación, se señala el número del artículo y del apartado de cada una de estas disposiciones.
Número del convenio en el listado ·
Otra jurisdicción contratante ·
Disposición ·
1 ·
Australia. ·
Artículo 9.3. ·
2 ·
Brunéi Darusalam. ·
Artículo 9.2. ·
4 ·
China (República Popular). ·
Artículo 9.2. ·
6 ·
Hong Kong (Región Administrativa Especial). ·
Artículo 9.2. ·
7 ·
India. ·
Artículo 9.2. ·
9 ·
República Popular Democrática de Laos. ·
Artículo 9.2. ·
10 ·
Luxemburgo. ·
Artículo 9.2. ·
12 ·
Países Bajos. ·
Artículo 9.2. ·
16 ·
Seychelles. ·
Artículo 9.2. ·
17 ·
República de Corea. ·
Artículo 9.2. ·
20 ·
Reino Unido. ·
Artículo 21.5. ·
21 ·
Emiratos Árabes Unidos. ·
Artículo 9.2. ·
22 ·
Estados Unidos de América. ·
Artículo 9.3. ·
23 ·
Vietnam. ·
Artículo 9.2. ·
25 ·
Croacia. ·
Artículo 9.2. ·
26 ·
Finlandia. ·
Artículo 9.2. ·
29 ·
Polonia. ·
Artículo 9.2. ·
30 ·
Qatar. ·
Artículo 9.2. ·
31 ·
Eslovaquia. ·
Artículo 9.2. ·
32 ·
Sudáfrica. ·
Artículo 9.2. ·
33 ·
Turquía. ·
Artículo 9.2. ·
34 ·
Armenia. ·
Artículo 9.2. ·
35 ·
Bulgaria. ·
Artículo 9.2. ·
37 ·
Dinamarca. ·
Artículo 9.2. ·
38 ·
Egipto. ·
Artículo 9.2. ·
40 ·
México. ·
Artículo 9.2. ·
41 ·
Pakistán. ·
Artículo 9.2. ·
42 ·
Portugal. ·
Artículo 9.2. ·
45 ·
Serbia. ·
Artículo 9.2. ·
47 ·
Suecia. ·
Artículo 9.2. ·
Notificaciones efectuadas como consecuencia de la ampliación del listado de convenios con posterioridad a la ratificación.
Habiendo incluido, en virtud del artículo 29.5 del convenio, nuevos convenios en el listado de convenios comprendidos y a efectos de lo dispuesto en el artículo 17.4 del convenio, la República de Indonesia considera que los siguientes convenios contienen disposiciones de las descritas en el artículo 17.2. A continuación, se señala el número del artículo y del apartado de cada una de estas disposiciones. El Depositario recibió y comunicó las notificaciones adicionales en las fechas que figuran a continuación.
Número del convenio en el listado ·
Otra jurisdicción contratante ·
Disposición ·
Fecha de recepción/comunicación ·
49 ·
Bielorrusia ·
Artículo 9.2 ·
Recepción: 27.11.2023.
Comunicación: 27.11.2023.
·
51 ·
Jordania ·
Artículo 9.2 ·
Recepción: 27.11.2023.
Comunicación: 27.11.2023.
·
52 ·
Kuwait ·
Artículo 9.2 ·
Recepción: 27.11.2023.
Comunicación: 27.11.2023.
·
53 ·
Mongolia ·
Artículo 9.2 ·
Recepción: 27.11.2023.
Comunicación: 27.11.2023.
·
54 ·
Marruecos ·
Artículo 9.2 ·
Recepción: 27.11.2023.
Comunicación: 27.11.2023.
·
55 ·
Papúa Nueva Guinea ·
Artículo 9.2 ·
Recepción: 27.11.2023.
Comunicación: 27.11.2023.
·
56 ·
Singapur (nuevo) ·
Artículo 9.2 ·
Recepción: 27.11.2023.
Comunicación: 27.11.2023.
·
57 ·
Sri Lanka ·
Artículo 9.2 ·
Recepción: 27.11.2023.
Comunicación: 27.11.2023.
·
59 ·
Ucrania ·
Artículo 9.2 ·
Recepción: 27.11.2023.
Comunicación: 27.11.2023.
·
60 ·
Emiratos Árabes Unidos (nuevo) ·
Artículo 9.2 ·
Recepción: 27.11.2023.
Comunicación: 27.11.2023.
·
Artículo 35. Fecha de efectos.
Notificación de la elección de las disposiciones opcionales.
En virtud del artículo 35.3 del convenio y exclusivamente a los efectos de la aplicación del artículo 35.1.b) y 35.5.b) por su parte, la República de Indonesia opta por sustituir la expresión «ejercicios que comiencen a partir de la conclusión de un plazo» por una referencia a «ejercicios que comiencen a partir del 1 de enero del año que comience a partir de la conclusión de un plazo.»
Reserva.
En virtud del artículo 35.6 del convenio, la República de Indonesia se reserva el derecho a no aplicar nada de lo dispuesto en el artículo 35.4 a sus convenios fiscales comprendidos.
En virtud del artículo 35.7.a) del convenio, la República de Indonesia se reserva el derecho a sustituir:
i) las referencias en el artículo 35.1 y 35.4 a «la última de las fechas en las que este convenio entre en vigor para cada una de las jurisdicciones contratantes del convenio fiscal comprendido»; y
ii) la referencia en el artículo 35.5 a «la fecha de comunicación por el Depositario de la notificación de ampliación de la lista de convenios»;
por «30 días después de la fecha de recepción por el Depositario de la última de las notificaciones remitidas por cada una de las jurisdicciones contratantes que realizan la reserva descrita en el apartado 7 del artículo 35 (Fecha de efectos) comunicando haber concluido sus procedimientos internos para que surtan efecto las disposiciones de este convenio respecto del convenio fiscal comprendido concreto»;
iii) las referencias en el artículo 28.9.a) a «desde la fecha de la comunicación por el Depositario de la notificación de retirada o sustitución de la reserva»; y
iv) la referencia en el artículo 28.9.b) a «en la última de las fechas en las que el convenio entre en vigor para dichas jurisdicciones contratantes»;
por «30 días después de la fecha de recepción por el Depositario de la última de las notificaciones remitidas por cada una de las jurisdicciones contratantes que formulen la reserva descrita en el apartado 7 del artículo 35 (Fecha de efectos) comunicando haber concluido sus procedimientos internos para que surta efecto la retirada o sustitución de la reserva respecto de ese convenio fiscal comprendido concreto»;
v) las referencias en el artículo 29.6.a) a «desde la fecha de comunicación por el Depositario de la notificación adicional»; y
vi) la referencia en el artículo 29.6.b) a «en la última de las fechas en las que el convenio entre en vigor para dichas jurisdicciones contratantes»;
por «30 días después de la fecha de recepción por el Depositario de la última de las notificaciones remitidas por cada una de las jurisdicciones contratantes que formulen la reserva descrita en el apartado 7 del artículo 35 (Fecha de efectos) comunicando haber concluido sus procedimientos internos para que surta efecto la notificación adicional respecto de ese convenio fiscal comprendido concreto»;
vii) las referencias en los artículos 36.1 y 36.2 (Fecha de efectos de la VI Parte) a «la última de las fechas en las que este convenio entre en vigor para cada una de las jurisdicciones contratantes del convenio fiscal comprendido»;
por «30 días después de la fecha de recepción por el Depositario de la última de las notificaciones remitidas por cada una de las jurisdicciones contratantes que formulen la reserva descrita en el apartado 7 del artículo 35 (Fecha de efectos) comunicando haber concluido sus procedimientos internos para que surtan efecto las disposiciones de este convenio respecto del convenio fiscal comprendido concreto»; y
viii) la referencia en el artículo 36.3 (Fecha de efectos de la VI Parte) «la fecha de comunicación por el Depositario de la notificación de ampliación de la lista de convenios»;
ix) las referencias en el artículo 36.4 (Fecha de efectos de la VI Parte) a «la fecha de comunicación por el Depositario de la notificación de retirada de la reserva», «la fecha de comunicación por el Depositario de la notificación de sustitución de la reserva» y «la fecha de comunicación por el Depositario de la notificación de retirada de la objeción a la reserva»; y
x) la referencia en el artículo 36.5 (Fecha de efectos de la VI Parte) a «la fecha de comunicación por el Depositario de la notificación adicional»;
por «30 días después de la fecha de recepción por el Depositario de la última de las notificaciones remitidas por cada una de las jurisdicciones contratantes que formulen la reserva descrita en el apartado 7 del artículo 35 (Fecha de efectos) comunicando haber concluido sus procedimientos internos para que surtan efecto las disposiciones de la Parte VI respecto del convenio fiscal comprendido concreto.»
Notificación efectuada en virtud del artículo 35.7.b).
Notificación de la confirmación de la conclusión de los procedimientos internos para que surtan efecto las disposiciones del convenio en relación con los convenios fiscales comprendidos (artículo 35.7.a).i)).
A efectos de lo dispuesto en el artículo 35.7.b) del convenio, la República de Indonesia confirmó, en las fechas que se indican, que había concluido sus procedimientos internos para que surtieran efecto las disposiciones del convenio en relación con los siguientes convenios:
Número del convenio en el listado ·
Otra jurisdicción contratante ·
Fecha de recepción ·
34 ·
Armenia. ·
29.10.2024 ·
1 ·
Australia. ·
26.11.2020 ·
3 ·
Canadá. ·
26.11.2020 ·
4 ·
China (República Popular). ·
10.11.2022 ·
5 ·
Francia. ·
26.11.2020 ·
6 ·
Hong Kong (Región Administrativa Especial). ·
10.11.2022 ·
7 ·
India. ·
26.11.2020 ·
8 ·
Japón. ·
26.11.2020 ·
10 ·
Luxemburgo. ·
26.11.2020 ·
11 ·
Malasia. ·
21.10.2021 ·
12 ·
Países Bajos. ·
26.11.2020 ·
13 ·
Nueva Zelanda. ·
26.11.2020 ·
15 ·
Singapur. ·
26.11.2020 ·
16 ·
Seychelles. ·
10.11.2022 ·
17 ·
República de Corea. ·
26.11.2020 ·
19 ·
Tailandia. ·
10.11.2022 ·
20 ·
Reino Unido. ·
26.11.2020 ·
21 ·
Emiratos Árabes Unidos. ·
26.11.2020 ·
23 ·
Vietnam. ·
27.11.2023 ·
24 ·
Bélgica. ·
26.11.2020 ·
25 ·
Croacia. ·
21.10.2021 ·
26 ·
Finlandia. ·
26.11.2020 ·
29 ·
Polonia. ·
26.11.2020 ·
30 ·
Qatar. ·
26.11.2020 ·
31 ·
República Eslovaca. ·
26.11.2020 ·
32 ·
Sudáfrica. ·
27.11.2023 ·
35 ·
Bulgaria. ·
27.11.2023 ·
37 ·
Dinamarca. ·
26.11.2020 ·
38 ·
Egipto. ·
21.10.2021 ·
39 ·
Hungría. ·
21.10.2021 ·
40 ·
México. ·
27.11.2023 ·
41 ·
Pakistán. ·
21.10.2021 ·
42 ·
Portugal. ·
26.11.2020 ·
43 ·
Rumanía. ·
10.11.2022 ·
44 ·
Rusia. ·
26.11.2020 ·
45 ·
Serbia. ·
26.11.2020 ·
46 ·
España. ·
10.11.2022 ·
47 ·
Suecia. ·
26.11.2020 ·
Notificación de la confirmación de la conclusión de los procedimientos internos para que surtan efecto las disposiciones del Convenio en relación con los convenios fiscales comprendidos que resulten de una ampliación de la lista de convenios (artículo 35.7.a).ii)).
A efectos de lo dispuesto en el artículo 35.7.b) del Convenio, la República de Indonesia confirma que ha concluido sus procedimientos internos para que surtan efecto las disposiciones de este Convenio en relación con los siguientes convenios fiscales comprendidos que resultan de una ampliación de la lista de convenios en virtud del artículo 29.5 del Convenio.
Número del convenio en el listado ·
Otra jurisdicción contratante ·
Fecha de recepción ·
51 ·
Jordania. ·
29.10.2024 ·
55 ·
Papúa Nueva Guinea. ·
29.10.2024 ·
58 ·
Túnez. ·
29.10.2024 ·
59 ·
Ucrania. ·
29.10.2024
·
Notificación de la confirmación de la conclusión de los procedimientos internos para que surta efecto la retirada de una reserva (artículo 35.7.a).iii) y 35.7.a).iv)).
A efectos de lo dispuesto en el artículo 35.7.b) del convenio, la República de Indonesia confirma que ha concluido sus procedimientos internos para que surta efecto la retirada de la reserva formulada por la siguiente Parte en relación con su convenio:
Número del convenio en el listado ·
Otra jurisdicción contratante ·
Fecha de recepción ·
Información sobre la retirada de reservas ·
Disposición ·
Jurisdicción contratante ·
Fecha de comunicación ·
26 ·
Finlandia. ·
27.11.2023 ·
Artículo 9.6.a). ·
Finlandia. ·
27.6.2023 ·
Notificación de la confirmación de la conclusión de los procedimientos internos para que surtan efecto las notificaciones adicionales (artículo 35.7.a).v) y 35.7.a).vi)).
A efectos de lo dispuesto en el artículo 35.7.b) del convenio, la República de Indonesia confirma que ha concluido sus procedimientos internos para que surta efecto la notificación adicional efectuada por la siguiente Parte en relación con su convenio:
Número del convenio en el listado ·
Otra jurisdicción contratante ·
Fecha de recepción ·
Información sobre las notificaciones adicionales ·
Disposición ·
Jurisdicción contratante ·
Fecha de comunicación ·
26 ·
Finlandia. ·
27.11.2023 ·
Artículo 9.8. ·
Finlandia. ·
27.6.2023 ·

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
27 de marzo de 2026 En vigor BOE-A-2026-7040 Leer Qué cambió
12 de julio de 2025 BOE-A-2025-14373 Leer Qué cambió
20 de abril de 2024 BOE-A-2024-7905 Leer Qué cambió
21 de enero de 2023 BOE-A-2023-1776 Leer Qué cambió
1 de enero de 2022 Texto original Leer

← Artículo 39 Índice